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Consorcio Platja de Palma

Gijón pidió la excedencia como gerente de la Platja de Palma

La nueva junta rectora le denegó la solicitud y alega que nunca pretendió hacer uso de ella

Álvaro Gijón en una imagen de archivo de cuando era gerente del consorcio de la Platja de Palma.

­Los nuevos responsables del consorcio de la Platja de Palma, un organismo integrado por representantes del Gobierno central, el Govern, el Consell Insular y los ayuntamientos de Palma y Llucmajor, se encontraron con una sorpresa sobre la mesa una vez constituida la junta rectora.

El anterior gerente del consorcio, Álvaro Gijón, había entregado un escrito tras ser elegido diputado autonómico por el PP y antes de tomar posesión, en el que les solicitaba la concesión de la excedencia especial por ocupar un cargo electo, además de que se formalizara su cese.

La solicitud fue denegada y no ha supuesto el desembolso económico de cantidad alguna -excepto los aproximadamente 5.000 euros correspondientes a las pagas extraordinarias-, aunque fue considerada como de “sorprendente”.

Cabe resaltar que, si bien Álvaro Gijón ocupaba el cargo de gerente del consorcio, se trata de una designación meramente política como la de sus antecesores. Por ello, no se entendía como no presentó la renuncia o esperó, sin más, a ser destituido a no ser que pretendiera reincorporarse al puesto como gerente una vez acabada su etapa como diputado, o bien conseguir un despido improcedente y cobrar la correspondiente indemnización al denegarle, sin causas objetivas, su reingreso.

El ya exgerente y actual concejal en Cort y número tres del PP en el Parlament balear afirma que presentó la solicitud de la excedencia, no con ánimo de que se la aprobaran, sino por una cuestión meramente de procedimiento que, además, fue recomendada por el asesor jurídico del consorcio y contaba con el visto bueno de los de la Comunitat Autónoma.

Explica que el cargo de diputado en el Parlament balear, es incompatible con el de gerente del consorcio de la Platja de Palma, por lo que, tras su elección como parlamentario, no podía tomar posesión de su acta siendo aún gerente.

Las cosas se complicaron puesto que el órgano que debía cesarle como gerente -la junta rectora del consorcio- no podía hacerlo puesto que ya no estaba en funciones y los nuevos rectores aún no habían sido nombrados, puesto que ni siquiera se había constituido el Parlament.

Afirma asimismo que, aunque hubiera querido, no habría podido pedir la reincorporación como gerente una vez finalizada su etapa como diputado ya que su contrato lo impide, puesto que incluye una cláusula en la que se indica que tiene la vigencia de una legislatura. El procedimiento más sencillo de presentar la renuncia como gerente con el fin de poder tomar posesión del cargo de diputado hubiera supuesto -en el caso de que se pudiera hacer puesto que la junta rectora no estaba en funciones- perder su derecho al paro.

Su contrato, pese a ser de alta dirección, no incluía ninguna cláusula especial que le permita solicitar una indemnización. Por ello afirma que pidió exclusivamente lo que le corresponde como a cualquier trabajador a la hora de firmar el finiquito, ya con los nuevos gestores. No obstante, le comunicaron que sólo le darían la parte proporcional de las pagas extraordinarias de julio y Navidad y que le denegarían la parte proporcional a las vacaciones, pese a que alega que no las ha disfrutado.

La respuesta que le dieron por parte de la secretaría del consorcio fue que la Comunitat Autónoma en estos casos no abona en el finiquito la parte proporcional de las vacaciones, un argumento que no quiso discutir por ocupar un cargo político.

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