El juez del juzgado contencioso-administrativo número 1 de Palma, Francisco Úbeda Tarajano, estima que "el decreto de peatonalización es arbitrario al haberse adoptado sin una planificación previa de las consecuencias y efectos de la misma al no existir informe o estudio de tráfico y población que evaluara y avalase las consecuencias de las medidas".

El juez que también sentenció sobre el valor del edificio de Gesa argumenta que la administración "debe exteriorizar los motivos y razones que la han llevado a adoptar la decisión final, justificando que la misma es la mejor para el interés público que está llamada a tutelar". Sin embargo, en este caso no hubo un "estudio mínimamente riguroso que avale técnicamente la conveniencia de peatonalizar".