Prohibición

Aceras, plazas, parques y jardines

El artículo 6.3 de la ordenanza establece que "en las aceras, plazas, parques y jardines está prohibida la circulación de ciclos. Se permite la circulación por estas áreas a los menores de 8 años, siempre que no sobrepasen la velocidad de los viandantes y vayan acompañados.

Excepciones

Por la noche y los días festivos

El artículo 6.1 del borrador de la ordenanza indica como excepción "las calles y zonas destinadas a peatones únicamente los días festivos y en horario nocturno". Los usarios de la bicicleta defienden que se pueda circular por las aceras a a velocidad de peatón si éstas tienen una cierta anchura.

Recomendaciones

Circular por los carriles-bici y el uso de casco

"Cuando exista junto a la calzada algún tipo de vía ciclista, tienen que circular preferiblemente por éstas", señala la ordenanza municipal, cuyo borrador esta ahora en fase de estudio por parte de los grupos municipales. También se recomienda el uso de casco, aunque no es obligatorio.