El ayuntamiento de Palma ha iniciado el expediente de declaración de ruina del campo de fútbol del Lluís Sitjar, lo que obligará a sus propietarios –el Real Mallorca es el que dispone de la mayoría de los 666 títulos– a derribar el edificio.

Tal como explicaron ayer la alcaldesa de Palma, Aina Calvo, y la concejala de Urbanismo, Yolanda Garví, el inicio del expediente se sustenta en un informe realizado por el departamento de Seguridad de la Edificación, tras la visita realizada al campo por los técnicos municipales el pasado día 1 de septiembre.

Previamente, a raíz de una denuncia efectuada por la Fundació del Real Mallorca en 2009, se inició un expediente de protección que derivó en otro de disciplina urbanística, ante el informe policial del pasado día 30 de julio en el que se pone de manifiesto "el deplorable estado de las instalaciones del Lluís Sitjar, con el consiguiente riesgo de incendio debido a la acumulación de maleza y basura en las inmediaciones del terreno de juego. También se han registrado denuncias de entidades, sociedades y particulares.

La alcaldesa explicó que el decreto por el que se inicia el expediente de ruina fue firmado por la concejala de Urbanismo el martes. A partir de ahora se notificará la resolución a todos los copropietarios, incluidos el Real Mallorca, quienes disponen de 10 días hábiles para presentar alegaciones.

Desde el Ayuntamiento son conscientes de que será difícil practicar una notificación personal a todos los 666 copropietarios –el gerente de Urbanismo, Bartomeu Tugores, habló de 580–, puesto que se sabe que hay títulos cuya propiedad se desconoce. Por ello, a estas personas o entidades, se les deberá notificar vía Boletín Oficial, de tal forma que se prevé que este proceso pueda estar finalizado a lo largo del primer trimestre del próximo año. A partir de este momento, y a la vista de las alegaciones presentadas, se procederá a la redacción del informe pericial definitivo. En este informe, si finalmente se declara la ruina –habitualmente todos los procedimientos iniciados finalizan con su confirmación– se dará un plazo a los propietarios para que, de forma voluntaria y por su cuenta, como se hace habitualmente en estos casos, procedan al derribo de las instalaciones. El gerente de Urbanismo explicó que el plazo que se da para la ejecución del derribo se fija en el informe pericial, en función del grado de peligrosidad de las instalaciones.

En el caso de que los copropietarios incumplan la orden municipal, el Ayuntamiento procederá a su ejecución, pasando posteriormente la factura a los propietarios, como se hace en todos los casos.

Tanto la alcaldesa como la concejala de Urbanismo explicaron asimismo que el proceso administrativo es largo y complicado por que es muy garantista. El derribo de las instalaciones no supone variación alguna sobre la propiedad del solar sobre el que se levanta ni ningún cambio sobre los usos permitidos en el actual Plan General.