La ex consellera de Salud, Aina Salom, no podrá reformar y convertir en viviendas y aparcamientos el antiguo hotel Sayonara, tal como había solicitado hace años. El Tribunal Supremo acaba de dictar un auto por el que se inadmite el recurso interpuesto por la ex consellera contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), que daba la razón al Consell Insular de Mallorca que se opuso a las pretensiones de la ex consellera al estimar que el edificio era ilegal y estaba fuera de ordenación.

Tanto el solar ocupado por el Sayonara -cerrado y abandonado desde hace años- como el colindante a este establecimiento, en el que se levanta un bloque de pisos inacabado que también carece de licencia, deben convertirse en zona verde según el Plan General de Ordenación Urbana. Se prevé la adquisición de ambos solares mediante el sistema de expropiación por parte del ayuntamiento de Palma.

Los vecinos de la asociación de Bellver-El Terreno, denunciantes de la situación urbanística de ambos solares, ya se han entrevistado con la alcaldesa de Palma, Catalina Cirer, con el fin de que las previsiones urbanísticas del Plan General se ejecuten cuanto antes.

La ex consellera de Salud, a título particular, pidió en octubre de 1993 al ayuntamiento de Palma licencia de obras para reformar y cambiar el uso del antiguo hotel situado en El Terreno, en la calle Dos de Mayo, esquina con José de Villalonga. Cort no le contestó y, en agosto de 1994, Salom planteó su caso ante el Consell.

En junio de 1995, la Comisión Insular de Urbanismo denegó la licencia "por no haber acreditado la legalidad del edificio y su dedicación al uso general residencial". Esta resolución fue recurrida por la ex consellera de Salud y actual diputada autonómica del PSOE. En mayo de 1996 el pleno del Consell de Mallorca aceptó en parte el recurso y solicitó a Cort informes sobre el estado legal del edificio.

El Ayuntamiento alegó que no obraba en su poder expediente alguno sobre el hotel, aunque se presumía que podía haber sido edificado con arreglo al plan de 1952. Meses más tarde, la Comisión de Urbanismo requirió a Cort para que ampliara la información sobre el Sayonara.

En esta segunda búsqueda en los archivos de Cort se constató que no constaba ni siquiera la solicitud de licencia y que, además, el edificio incumplía las normas de los planes generales de 1952, 1964, 1973 y 1985, entre otros aspectos, "en ocupación, retranqueo, altura, volumen y edificabilidad".