Opinión | Tribuna
La responsabilidad del IMAS en los abusos a menores
Este tiempo último, tras muchos años de denuncias, de presión social, mediática, política, del impulso dado por el Papa Francisco, del Defensor del Pueblo y otros, la Iglesia Católica dio finalmente el paso de abrir sus puertas a la investigación y reconocimiento de aquellas personas que, cuando eran menores de edad, fueron abusados sexualmente por miembros del clero. La Conferencia Episcopal española fue de las últimas en hacerlo, pero se abrió finalmente un periodo de tiempo para que todas aquellas personas afectadas pudieran presentar sus demandas. La Conferencia Episcopal creó una Comisión de Investigación en el que se llegaron a conclusiones y recomendaciones entre las que se incluían el de dar apoyo psicológico, y compensaciones económicas a las personas que habían sido abusadas sexualmente por miembros del clero en su infancia. Así mismo el Defensor del Pueblo abrió una oficina en este mismo sentido para que se presentaran demandas por estos hechos, hasta que finalmente se llegó a un acuerdo con el Defensor del Pueblo, el Ministerio de la Presidencia y la Iglesia Católica y el cual salió a la luz en los medios de comunicación en este último periodo.
Es bien sabido que los abusos sexuales a niños y niñas no han estado limitados a instituciones eclesiásticas, también se han producido en las instituciones encargadas de proteger a estos menores, bien por las decisiones tomadas por los Tribunales de Menores antes de la reforma del Sistema de Protección en nuestro país, o bien por las administraciones con competencias de tutela, guarda y adopción. Así como la Iglesia Católica dio el paso de abrirse a la investigación de los abusos sexuales y reconocer los derechos de las víctimas, aun cuando hubiesen prescrito los delitos, el Sistema de Protección ha de poder seguir esta senda, porque no ha de haber discriminación entre las víctimas de abusos sexuales producidos por el clero y las víctimas de abusos producidos por monitores, educadores o personal encargado del cuidado y la protección en los centros e instituciones de Protección Infantil, pues ello constituiría un agravio comparativo. Así, en esta línea, y desde diferentes sectores sociales y asociaciones de derechos humanos, se plantea que es el momento de que las administraciones se abran –con competencias y responsabilidades en la protección infantil– a la posibilidad de que las víctimas de abusos sexuales, cuando estaban a cargo de las instituciones protectoras, y aun cuando hubiesen prescrito, puedan presentar sus demandas, con el fin de que una vez investigadas y comprobada la veracidad de estos testimonios por expertos en este campo, puedan ser reconocidas como víctimas y se les pueda ofrecer apoyo psicológico y moral, y en su caso algún tipo de compensación económica que habría que poder estipular y bajo qué condiciones estas últimas se deberían dar.
En Mallorca el IMAS, como administración responsable de la Protección Infantil desde hace más de 30 años –y antes el Consell de Mallorca–, podría dar ejemplo abriendo un espacio en el que las víctimas de abusos sexuales –cuando eran niños y niñas bajo la protección infantil– pudieran presentar sus demandas y ser estudiadas y analizadas por expertos en credibilidad del testimonio, para determinar su veracidad o no. Así mismo, el IMAS podría proporcionar con medios propios o concertados, atención psicológica, reconocer a estar personas como víctimas y desarrollar aquellas acciones reparadoras que pudieran en parte paliar el daño y sufrimiento por el que estas personas han pasado. El IMAS sería la primera institución del Estado Español en emprender una iniciativa como ésta y que no es otra cosa que la de hacer justicia con todos aquellos niños y niñas mallorquines a los que se les habría de haber protegido en su integridad física, psicológica, moral y emocional, y en cambio recibieron abusos sexuales con el daño y las consecuencias de por vida en su salud física y emocional. No hay duda pues que ellos, como víctimas, lo merecen.
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