Opinión | Tribuna
Vivienda: la solución no es prohibir

Una joven mira viviendas en venta frente a una inmobiliaria. / EFE
En Diario de Mallorca (02-1-2026) se ha publicado la noticia de que «El Govern pone en marcha controles contra el fraude en la venta y el alquiler de pisos», anunciando que perseguirá todas las irregularidades, en especial el arrendamiento de zonas comunes de la casa, así por ejemplo el salón comedor, para convertirlas en un dormitorio más para alquilar.
Es de dominio público y de ello hace ya varios años la crisis existente debido a la falta de viviendas en alquiler y los elevados precios que se exigen para su arriendo y que imposibilitan prácticamente dicha posibilidad para los ciudadanos de unos ingresos medios.
Sin poner en duda la buena voluntad política de buscar soluciones idóneas a dicho problema, ello no impide el que se ponga en entredicho que las medidas indicadas vayan a eliminar o paliar el problema del arriendo, ya que es de la mayor evidencia que los alquileres en los espacios denunciados aunque, obviamente, no resulten ser la solución aconsejable para las personas que ansían privacidad en su vivienda, sirve cuando menos de alojamiento para los menos favorecidos económicamente ya que si no tienen dicha opción se verían abocados a vivir en espacios descubiertos o insalubres para su salud; es decir, se pretende lo que vulgarmente se dice «poner parches no idóneos» a la grave situación existente y que no soluciona en absoluto la problemática existente.
Es evidente que las soluciones adecuadas son las de configurar debidamente planes de urbanismo que miniminicen o reduzcan considerablemente el precio del suelo, agilizar la tramitación de las licencias de obra para nuevas construcciones; utilizar materiales de menor coste, construir viviendas bonificables o de precio oficial; facilitar la conversión de locales de negocio en viviendas en determinadas zonas por lo cual se precisaría una modificación de la Ley de Propiedad Horizontal que, actualmente salvo que los Estatutos dispongan lo contrario, constituye en la práctica un obstáculo al precisar el consentimiento de los copropietarios y debido a la necesidad de alterar elementos comunes (aireación, etc.), amén de alterar el destino establecido en el Título Constitutivo de la finca; reducir los impuestos que gravan actualmente las viviendas y su transmisión; agilizar o reducir los interminables trámites judiciales actuales tendentes a hacer cumplir al arrendatario con sus obligaciones contractuales, amén de tensionar en determinadas zonas el precio del alquiler y cooperando la administración con dicho precio y agilizar el desalojo de los okupas, supuestos todos ellos que animarían a los ciudadanos a adquirir viviendas para alquilar.
La pretensión de eliminar o dificultar la contratación de los contratos de temporada y que, amén de poder reducir la duración del arriendo implica la posibilidad que el agente inmobiliario interviniente en la contratación pueda exigir sus honorarios profesionales al arrendatario, teóricamente el débil de la operación, y ello a tenor de lo establecido en la Ley de Vivienda de 12/2023 de 24 de mayo, y sobre ello cabe decir que la actual normativa (art. 3.2 de la L.A.U. 29/94 de 24 de noviembre) y Jurisprudencia consolidada y conteste al respecto nos da la solución adecuada, ya que en el supuesto de formalizar con persona «que no precise la ocupación temporal» de la vivienda o apartamento, y a pesar del conocido axioma «pacta sunt servanda», planteado el asunto ante los Tribunales por aquello de que «los contratos son lo que son y no lo que aparentan ser», obtendrá con toda seguridad una resolución favorable a sus intereses y que le permitirá al arrendatario el seguir ocupando la vivienda hasta los límites que establece la actual normativa (5 ó 7 años). Amén de que se le reintegrarán los importes abonados indebidamente al mediador en la contratación.
Se apunta que en una nueva Ley Balear de la Vivienda se intentará poner orden normativo a dicho problema, y que constituye el principal problema de los españoles, según el CIS y entre otros extremos la creación de un censo de pisos vacíos a la vista, a lo que cabe decir que ello va a conllevar la dificultad de acreditar debidamente cuando cabe considerar «vacío» (un consumo de electricidad clandestino pueden echar al traste dicha posibilidad). Amén de la enorme dificultad de poder ofertar dichas viviendas a personas interesadas en arrendarlo, referido a fijar la duración, precio del arriendo y demás condiciones del contrato.
Es evidente que el problema, hoy por hoy difícil por no decir imposible de resolver, es consecuencia del hecho de la gran cantidad de personas que vienen a vivir a la Isla precisando alojamiento y que en definitiva supera con gran diferencia dicha demanda la oferta que existe para arrendar.
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