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Opinión | Tribuna

La Presidencia del Parlament en un emplazamiento político y judicial

Hemos recibido la crónica que al Presidente del Parlament de les Illes Balears, el Sr. Gabriel Le Senne, se le ha notificado el auto de apertura del juicio oral. Los hechos ya previos son renombrados. En su actuación parlamentaria como Presidente rompió la fotografía de tres víctimas (Aurora Picornell y las Rojas del Molinar) del franquismo a diputadas del Grupo Parlamentario Socialista, entre las que había un miembro de la Mesa.

En atención al fondo del asunto, desglosamos sucintamente diversos puntos: la cuestión ética; la cuestión parlamentaria; la cuestión de suspensión o expulsión; y la cuestión jurídica.

Primero, la cuestión ético-moral, personalmente nos parece un acto -reitero esa mera acción- inapropiado para un Presidente de la institución representativa de las Baleares. Tanto por las víctimas de los familiares, como por el hecho que se le presupone un temperamento neutral en su función parlamentaria, al igual que autoridad representativa. Ahora bien, eso no conduce a responsabilidades jurídicas y/o parlamentarias de modo directo, ni prescindir su presunción de inocencia.

Sucesivamente, en la cuestión parlamentaria, entre las funciones clásicas que le incumben a una Presidencia de Parlamento, ostenta la representación de la Cámara y asegura el buen funcionamiento de los trabajos, para ello dirige los debates y mantiene el orden (art.33 del Reglamento). Asimismo, no quita que todos los diputados están obligados a respetar el orden y disciplina parlamentaria (art.19 Reglamento). En efecto, desde ese órgano de gobierno, ejerció una competencia que le correspondía -el mando de los debates y la vigilancia del orden-. Así pues, ¿se extralimitó de su función o se limitó a cumplirlas de forma incorrecta?

Con un absoluto respecto al Poder Judicial y al Parlamento, serán ellos los que nos ofrezcan la justificación de uno u otra. Con un prisma ciudadano, parece que rebasó los limites de dirección, ya que posiblemente coexisten otros medios menos perniciosos para ello.

Sucesivamente, en el aspecto jurídico. Según los medios, se dictó un auto de apertura de juicio oral solicitando fianza. De este modo, pasará la causa al órgano de enjuiciamiento. Respecto a la cuestión penal, deberá probarse -que romper las fotos y cerrar el portátil-, causan un descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares. Sin entrar a mis valoraciones personales y con plena confianza en la Justicia, de inicio, la Fiscalía solicitó el archivo de la causa, tras no quedar acreditada la intención de lesionar la dignidad de los familiares de las víctimas, ni esa motivación discriminatoria.

Por último, la que ahora trasciende: si tiene derecho a permanecer en las funciones representativas o deben suspender sus derechos y deberes como diputado (art.10) para cesarlo de Presidente. Las causas están tasadas en el Reglamento del Parlament, veremos qué sucede.

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