Febrero de 2017. Sala Ernest Lluch del Congreso de los Diputados. Desde Unidas Podemos organizamos una jornada de debate sobre fiscalidad alimentaria. La promovimos desde la Comisión de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la trabajamos junto a los compañeros y compañeras de las Comisiones de Sanidad y Consumo y la Comisión de Hacienda. Primera conclusión. Este debate no se puede abordar desde una sola perspectiva.

La política fiscal es de las herramientas más poderosas que tiene un gobierno para orientar la economía y la sociedad. Ya sabemos que la fiscalidad en nuestro estado social y democrático debe ser proporcional y progresiva. Uno de sus efectos directos es poder impulsar políticas de redistribución de la riqueza, pero tiene otros muchos objetivos. No creo en la receta liberal de la rebaja generalizada de los impuestos para construir la sociedad justa a la que aspiro. Llevamos tres años en un contexto en el que los países han tenido que tomar medidas extraordinarias. Igual que desde los postulados de una «política fiscal progresista» es socialmente justo articular un impuesto extraordinario a las energéticas y la banca, también es posible plantear la rebaja de la presión fiscal sobre determinados bienes, actividades o sectores sociales y económicos.

Existe una preocupación extendida a toda la sociedad respecto al fuerte aumento en los precios de los alimentos. Aun en el caso de que el proceso inflacionista esté llegando a su máximo, el alivio sobre los alimentos no empezará a notarse hasta dentro de muchos meses. Si el objetivo inmediato es aliviar la carga de los hogares en el gasto de alimentación, en especial de los que menos recursos tienen, la vía fiscal debería explorarse con urgencia. Cuando yo hablo de «fiscalidad alimentaria» me refiero a la que se aplica en todas las operaciones y bienes que intervienen en la producción, transformación, distribución y consumo de los alimentos. Analizar la fiscalidad a lo largo de toda la cadena agroalimentaria y hacerlo de acuerdo a unos objetivos de política general no es algo sencillo ni inmediato. Por lo tanto, creo conveniente dejar esta idea aparcada para otro momento, y centrarnos únicamente en la posible modificación, rebaja o supresión del IVA que soportan los alimentos. Quiero huir de recetas simplistas para las que no tengo ningún conocimiento. Entiendo que deben ser los Ministerios competentes los que aporten los datos para estudiar si es asumible en este momento y cuál sería el impacto real.

Aunque la inflación llegue a su máximo, el alivio sobre los alimentos no se notará hasta dentro de muchos meses

No olvidemos que la normativa que regula el IVA está armonizada a nivel de toda la UE a través de una Directiva Comunitaria. Nadie puede pensar que un país pueda hacer lo que le venga en gana sin comunicarlo ni consultarlo a la Comisión Europea. Ya saben que hay un IVA general y unos tipos de IVA reducido. Los tipos reducidos se pueden aplicar a la lista de operaciones y bienes incluidos en el anexo III de la Directiva entre los que figuran los productos alimenticios para consumo humano o animal, los animales vivos, las semillas, las plantas y los ingredientes utilizados normalmente en la preparación de productos alimenticios. El sistema fiscal español aplica en la alimentación un tipo reducido del 10% y un superreducido del 4%. En este momento el IVA del 4% se aplica a frutas y verduras frescas y congeladas, legumbres y tubérculos, pan blanco e integral, harinas, arroz y cereales, leche y queso. El tipo del 10% grava frutas, verduras y legumbres en conserva, todos los lácteos salvo la leche y el queso, la carne y todos sus derivados y preparados cárnicos, el pescado y todos los preparados a base de pescado, el aceite de oliva, el resto de grasas y aceites vegetales y margarinas, así como refrescos, aperitivos, galletas y el resto de alimentos procesados. Pero hay una última posibilidad y es gravar los productos con un tipo de IVA al 0%. Es extraordinario, y muy pocos países como Irlanda o Malta, lo aplican sobre los alimentos, pero se utilizó durante la pandemia para gravar el material sanitario.

Termino con preguntas. ¿Es posible hacer una lista de productos básicos con un tipo de IVA al 0% de forma temporal? ¿Es posible bajar el tipo superreducido del 4% a por ejemplo, el 0,5% si la primera opción no es válida? ¿Qué alimentos de los gravados al 10% podemos pasar al grupo de los superreducidos, por ejemplo; carnes y derivados, pescados, aceite de oliva y aceites vegetales? ¿Mantenemos el tipo del 10% en los todos los demás casos? ¿Qué efecto tendría sobre los ingresos públicos del estado y de las CCAA? ¿Cuánto de la subida del precio de la cesta básica quedaría compensada con esta medida? ¿Qué efecto directo y real tendría sobre el precio de los alimentos en el corto y medio plazo? ¿Qué efecto tendría sobre la renta de los hogares en especial de los quintiles de renta más bajos? ¿Tendría algún efecto no deseado sobre la misma inflación de los alimentos en el corto y medio plazo? Por último, ¿Cuánto tiempo mantenemos estos nuevos tipos de IVA? Quizás convenga mantener de forma permanente algunos alimentos en el tipo superreducido. ¿Qué pasará cuando regresen a su senda habitual? Todas estas preguntas nosotros no podemos contestarlas, pero sin duda alguien deberá estar pensando en ella. Corolario. El BOE es otra de las potentes herramientas de un gobierno.