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Antonio Papell

Los dineros del procés

Ayer, el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya publicaba el Decreto Ley 15/2021, de 6 de julio, de creación del Fondo Complementario de Riesgos de la Generalitat de Catalunya. Un fondo destinado a «hacer frente a las obligaciones legales que le corresponden con relación a los riesgos no cubiertos por las pólizas de seguros de responsabilidad civil, patrimoniales y contables suscritas por la Generalitat de Catalunya por siniestros que puedan afectar a las personas comprendidas en el ámbito subjetivo de esta Ley en el ejercicio de su cargo o funciones que se puedan ver afectadas en su patrimonio por resoluciones o actos administrativos o judiciales en procedimientos administrativos o judiciales que no hayan concluido con resolución firme».

Es decir, la Generalitat crea un Fondo complementario de riesgos con una dotación inicial de 10 millones de euros, que se repondrán anualmente, pensado para resolver el problema a los afectados por las resoluciones del Tribunal de Cuentas en las causas del 9-N y del 1-O y por otras que pudieran producirse en el futuro. El sistema ideado es ingenioso ya que las fianzas reclamadas serán avaladas por una institución de crédito privada (y mientras se encuentra este mirlo blanco lo hará el Institut Català de Finances, ICF), de tal modo que el Fondo de la Generalitat tan solo avalará al avalista.

Esta situación ‘protectora’ de la Generalitat tan solo se mantendrá mientras no haya recaído sobre el beneficiario sentencia firme; cuando esta se produzca, tendrá que devolver el dinero avalado, más intereses y costas del proceso. La duda surge en el concepto de «firmeza» de la sentencia, que no sigue exactamente las vías del Derecho procesal español; el art. 5 del DL dice textualmente que «en caso de que llegara a existir pronunciamiento judicial firme y, si procede, se hayan agotado todas las vías de impugnación judiciales y jurisdiccionales, estatales e internacionales, y si se confirmara la existencia de responsabilidad contable o civil derivada de falta o delito por parte de las personas beneficiarias, se generará un crédito de derecho público de devolución…». Podrían pasar décadas hasta que se pronuncie definitivamente Estrasburgo.

La ilegalidad del procedimiento, que en primer lugar tendrá que ser argumentada por el propio Tribunal de Cuentas, es llamativa y poco dudosa, y muy difícil lo tendrá el gobierno de la Nación para no verse obligado a impugnarlo. No se puede empezar una negociación sobre arenas tan movedizas y peligrosas. Por lo que no se entiende el paso dado por Aragonés, quien, como todo el aparato institucional desde el 1-O, ha tenido buen cuidado en no cometer ilegalidades (ni Quim Torra franqueó la raya infranqueable). Un paso que ha vuelto a crispar a la opinión pública española, que se irrita al ver la artimaña: se quiere pagar las sanciones económicas de los indultados con dinero de todos. Es muy burda la propuesta que se ha puesto sobre la mesa. Máxime existiendo un fondo de solidaridad nutrido por la sociedad civil, dudosamente legal pero que al parecer había sido aceptado a regañadientes por el Tribunal de Cuentas, como proveedor de recursos a los sancionados.

La euforia vivida por los soberanistas al ver cómo se desbloqueaban la situación de sus presos y del propio conflicto ha dado lugar a expansiones verbales –Junqueras ha hablado de más- y a pretensiones imposibles que hay que recapitular y contener. Ni Puigdemont puede volver de rositas como si nada hubiera ocurrido, ni los gastos producidos por campañas independentistas que derivaron en simulacros electorales pueden ser echados a la espalda de la Hacienda catalana, que en sus dos terceras partes vive de la española. El error de esta salida de tono es brutal e inquietante porque, como ha dicho Jordi Juan, «cuando el ruido político y mediático por la concesión de los indultos estaba amortiguándose, la Generalitat lanza un órdago que puede provocar un nuevo frente judicial y, lo que es peor, romper los primeros puentes del diálogo que se habían establecido entre las dos administraciones».

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