Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Tribuna

Inseguridad jurídica en el mercado del alquiler de vivienda

Inseguridad jurídica en el mercado del alquiler de vivienda

En lugar de decaer, la alarma social generada en relación con el mercado del alquiler de viviendas va en aumento. Día a día no cesan de aparecer noticias que amenazan un sector económico con una gran repercusión social, que ve cómo se reduce el parque de viviendas disponible en respuesta a los mayores riesgos y la inseguridad jurídica provocada por las instituciones públicas.

La propuesta de Ley de Vivienda del Ministerio de Movilidad, Transportes y Agenda Urbana contiene, como medida estrella, una reducción en el IRPF del 90% del rendimiento neto derivado del arrendamiento de viviendas, cuando se rebaje al inquilino un 10% la renta pactada en el contrato de alquiler, o una reducción del 70% de ese rendimiento si la vivienda no estaba previamente incorporada al mercado, siempre y cuando, en ambos casos, la vivienda en cuestión se sitúe en lo que se calificará como «zonas tensionadas».

Sin embargo, conviene recordar que en la Ley de IRPF vigente ya existe una reducción del 60% del rendimiento neto para los arrendamientos de vivienda, por lo que la medida ni es nueva ni es de calado.

Adicionalmente, se prevé un «castigo» en forma de recargo del 50% en el IBI de las viviendas vacías a aquellos propietarios con más de cuatro inmuebles desocupados, que ahora serían «grandes tenedores». Esta medida obvia valorar la intención del propietario, si no quiere o no puede alquilarlo, a la vez que olvida que ya existe en el IRPF la imputación de rentas inmobiliarias de viviendas desocupadas.

El documento anunciado considera que «se afronta directamente el problema de falta de oferta que caracteriza las zonas de mercado residencial tensionada, equilibrándose los precios», afirmación que no compartimos, por cuanto no coadyuva a la creación de un mercado del alquiler amplio, diverso y dinámico, en el que la oferta se vea atraída y dispuesta a cubrir las distintas necesidades de los ciudadanos, si no se garantiza la seguridad jurídica, la protección de la propiedad privada y el respeto a la Ley.

Haciendo una comparativa internacional de la seguridad que ofrecen distintos países, podemos encontrar Holanda o Dinamarca, donde se reacciona tajantemente ante problemas como el de la ocupación, bastando una denuncia para que la Policía desaloje el inmueble. O Francia, donde puede obtenerse el desalojo en 48 horas, o Italia, Inglaterra y Gales, en los que se considera delito.

En España, por el contrario, los propietarios se ven obligados a soportar un calvario judicial, penal y civil con resultados inciertos y teniendo que rascarse el bolsillo para salir airoso de dichas situaciones.

La experiencia alemana consistente en aplicar políticas fiscales de limitación de los precios de mercado del alquiler en ciudades como Berlín ha dado como resultado dificultar el acceso a la vivienda; en Barcelona es preciso recordar el desplome del mercado de alquiler a raíz de la aprobación de la ley autonómica que regula sus precios de alquiler.

En Balears ya sabemos la alarma generada en los medios de comunicación nacionales el pasado 2 de marzo, al iniciarse un proceso de expropiación temporal de uso de 56 viviendas de grandes tenedores. Estas serán destinadas al alquiler social durante al menos siete años. La resolución de cesión obligatoria firmada por el conseller de Movilidad y Vivienda inició los trámites para la implementación de esta medida, contemplada en la Ley balear de Vivienda de 2018. Es verdad que dicha Ley no fue impugnada en su día ante el Tribunal Constitucional, pero también es verdad que su implementación genera mucha inseguridad jurídica.

Volviendo a la propuesta de Ley estatal, sería deseable que el Gobierno y los grupos políticos analizaran la situación del mercado del alquiler en profundidad y abordaran el problema desde el fomento de la seguridad jurídica, ya que sin ella ningún mercado es eficiente y socialmente útil. También desde el cumplimiento de la Ley, la defensa y protección de la propiedad privada y la libertad de empresa, así como la eliminación de sectores de impunidad, privilegio e irresponsabilidad. Y con políticas fiscales adecuadas, que no se limiten a introducir parches (bonificaciones -IRPF- o recargos -IBI-), sino establecer y reforzar regímenes fiscales específicos, completos y seguros, que atraigan la inversión mediante el ofrecimiento de oportunidades de rentabilidad y, por último pero no menos importante, el apoyo a los más desfavorecidos y su inclusión social a través de actuaciones del Estado, sin que sean los propietarios privados los que asuman esta función.

Compartir el artículo

stats