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Antonio Papell

Notas al gobierno de los jueces

Desde la ley orgánica del Poder Judicial de 1985, los veinte miembros del Consejo General del Poder Judicial son elegidos por ambas cámaras parlamentarias, y por mayoría cualificada de tres quintos. La Constitución impone que 12 de ellos sean jueces y magistrados y otros 8 san elegidos entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión. Reformas posteriores de la ley dieron entrada en el proceso a las asociaciones judiciales, que pudieron designar candidatos, pero no prosperó la tesis de que los 12 vocales que han de pertenecer a la carrera judicial sean elegidos por la profesión. La reforma de 2013 anunciada por Ruiz Gallardón para regresar al sistema anterior a 1985, de elección directa, no salió adelante, y Rajoy prefirió consensuar con el PSOE una reforma que mantenía la elección parlamentaria de la totalidad de los consejeros.

En la actualidad, entre los partidos democráticos, sólo Ciudadanos mantiene la propuesta de la elección directa. En febrero de 2020 el grupo parlamentario Ciudadanos presentó en el Congreso de los Diputados una Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el refuerzo de la independencia judicial. En la misma se plantea que la elección de los 12 vocales jueces, actualmente nombrados por las Cortes (6 por el Congreso y 6 por el Senado), sea mediante el voto secreto y directo de todos los Jueces y Magistrados del Estado. Dicha Proposición de Ley fue sometida a votación el día 23 de septiembre de 2020 en el Congreso de los Diputados, siendo rechazada. Pese a ello, el diputado Edmundo Bal mantiene la propuesta, con el peregrino argumento de que están a favor de sus tesis las asociaciones judiciales. Es evidente que la judicatura es una profesión conservadora, y prueba de ello se obtiene de la simple observación de su movimiento asociativo interno, de marcado cariz derechista; por ello, lo lógico es que intervenga el Parlamento, para que las tendencias ideológicas de la sociedad, y no las corporativas de la justicia, se trasunten también al órgano de gobierno de los jueces.

El modelo actual no es perfecto, por la sencilla razón de que los grandes partidos cometen fraude de ley al utilizar el sistema de cupos —de intercambio de apoyos para designar a vocales afines— en lugar de elegir a los vocales que más consenso personal susciten, pero en tanto no aparezca una fórmula que convenza a todos, habrá que seguir utilizando el modelo. Un modelo que permite el boqueo por parte de la oposición, si la estructura del consejo le favorece. Como es el caso: este PP ha mantenido durante más de dos años su obstinada negativa a pactar con el PSOE la renovación de las instituciones porque le favorecía la composición sesgada estribor establecida en tiempos de Rajoy.

Pues bien: el PP se niega a admitir que el PSOE proponga al juez Ricardo de Prada, que considera afín a Unidas Podemos, porque este magistrado fue uno de los que sentenció el caso Gürtel, en el que fue condenado el PP por ser responsable a título lucrativo, y que sirvió de base para la presentación de la moción de censura que dejó sin Gobierno a Mariano Rajoy y al PP. ¿Es razonable este sectario veto, que tiene visos de ser una clara venganza, y una advertencia de lo que le puede ocurrir a cualquier juez que actúe lesionando los intereses del partido conservador?

Si el PP era realmente culpable como las evidencias van poniendo de relieve, con independencia de aquella sentencia, ¿qué debía haber hecho el tribunal sentenciador al que pertenecía el juez de Prada? ¿Se supone que sus miembros deberían haber prevaricado para merecer entrar en el Consejo?

El PP se equivoca al mantenerse obstinadamente en esta posición, que revela un escaso sentido del Estado y que parece acercarlo más al tremendismo de VOX que al ansiado centro del espectro, que es de se alojan los verdaderos caladeros de votos.

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