Cada año que comienza es un punto de inflexión psicológico para fijarnos nuevas metas, hacer propósito de enmienda de debilidades a las que apenas nos hemos resistido durante el año y, en suma, para esforzarnos en ser mejores personas o, al menos, en estar más sanos, ser más ordenadas y perseguir aquellos retos personales o profesionales que hasta ahora se nos resisten, lo que el poeta Jaime Gil de Biedma calificaría como Píos deseos para empezar el año.

Pero este 2021, es especial. El 2020 ha sido un año muy duro, que nos ha puesto de frente con la fragilidad humana. Un año en que la pandemia, y todo lo que ésta acarrea, ha supuesto un auténtico baño de perspectiva, que nos invita a fijarnos en lo importante, a cuidar más a la familia y a buscar, en cierto modo, la calma perdida. Es el momento de hacer un «stop & go» y preguntarnos si el rumbo era el correcto.

Este nuevo año nos ha traído la vacuna que, polémicas aparte, parece ser el comienzo del fin de la crisis sanitaria, la vuelta del calor humano, a los abrazos y a la vida social sociales… pero como todo tsunami, la pandemia dejará sus propios escombros, en forma de crisis económica, especialmente aguda para las pequeñas empresas y los autónomos que han visto reducidos drásticamente sus fuentes de ingresos. Pero también para las familias cuyos miembros se hayan visto afectados por la pérdida del puesto de trabajo o por cualquier otra circunstancia derivada de un tiempo tan atípico, para el que, huelga decir, no estábamos preparados.

Así, el próximo 31 de marzo finaliza el plazo de suspensión de la obligación de presentar concurso de acreedores. Y es que conviene conocer, que toda persona física o jurídica, empresario o no, tiene la obligación de instar concurso de acreedores si es insolvente, esto es, sino es capaz de pagar sus deudas a su vencimiento, declaración que debe instar en un plazo de dos meses contados desde la insolvencia. Dentro de las medidas excepcionales derivadas de la pandemia, esa obligación quedó suspendida hasta el próximo 31 de marzo. ¿Por qué? Porque el legislador no desconoce que este 2020 habrá herido de muerte a muchas empresas y, cual efecto dominó, habrá situado a muchas familias en una angustiosa posición económica.

Precisamente por ello es necesario traer a colación a la llamada «Segunda Oportunidad» vigente en nuestro ordenamiento jurídico y de utilidad indudable para hacer posible el «volver a empezar»

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¿Qué es la «Segunda Oportunidad»?

Es un mecanismo que permite a un deudor persona física, empresario o no, conseguir la condonación total o parcial de sus deudas, tras pasar por un concurso de acreedores.

¿Todas sus deudas?

Todas no ya que ello irá en función de su clasificación. Debido a la complejidad del tema, resulta difícil resumirlo, si bien a los efectos de este comentario es suficiente apuntar que gran parte de las deudas corrientes de la persona afectada, excepción de las hipotecarias y parte de los créditos de derecho público, pueden ser exoneradas. A través de la segunda oportunidad se eliminan todos los créditos ordinarios -si se ha acudido antes a mediación- y subordinados que no hayan podido ser satisfechos durante el concurso.

¿Cuáles son los requisitos?

Además de satisfacer los créditos privilegiados y contra la masa, se exige al deudor que haya actuado de buena fe, colabore con el Juzgado y con el administrador concursal, que el concurso no sea declarado culpable y que no tenga antecedentes penales por delitos económicos.

¿Y si no se puede pagar los créditos masa y privilegiados?

Entonces cabe pedir al Juzgado un calendario de pagos a cinco años y una vez cumplido, se obtendrá la condonación del resto de las deudas.

¿Por qué es interesante este mecanismo? Porque permite superar la situación que, de forma irónica e impecable, apuntó Camilo José Cela al afirmar «cuando las deudas no se pagan porque no se puede, lo mejor es no hablar de ellas y barajar». Ciertamente, para quien arrastra como una losa deudas que no puede (ni podrá) pagar, la única salida puede ser una huida hacia delante, tirando de microcréditos y soluciones cortoplacistas que sólo le hunden más. Eso sin hablar de que tales circunstancias tienen una incidencia indiscutible sobre la economía sumergida. Poder abandonar el lastre y comenzar de cero, tras someterse a un procedimiento concursal -pues es necesario que un juez analice objetivamente la situación- es una apuesta por la libertad. Me quedo y termino con las palabras de Publio Siro: «para el hombre honrado las deudas son una amarga esclavitud».