Disculpen el atrevimiento semántico en el título: quien no trabaja voluntariamente no pude "jubilarse", sino solo ser liberado de sus cargas por quien se las ha impuesto. Y a los perros de trabajo, a pesar de tratarse de seres con capacidad de sentir (y no me refiero sólo a sus sentidos básicos, sino también a sentimientos profundos como el amor y la lealtad), no se les puede preguntar si quieren dedicar sus vidas a trabajar para los seres humanos (¿verdad?). Me refiero, entre otros, a los perros utilizados habitualmente en detección de sustancias explosivas, narcóticos o personas en situaciones de catástrofe, realizando una labor encomiable. No obstante, el término "jubilación" se emplea a menudo cuando esos animales llegan a una edad en la que ya no son útiles, o, sencillamente, se desactivan las unidades en las que servían. Eso es lo que ha ocurrido recientemente con tres perros de la extinta unidad canina de la Policía Local de Palma, que acaban de ser trasladados a la perrera municipal de Son Reus por orden del Ayuntamiento, lo cual ha desatado las críticas de numerosas asociaciones de protección animal, y también de muchos ciudadanos, indignados por la situación en que se han visto dichos perros al final de su "vida útil". Alegan activistas y ciudadanos que el Ayuntamiento trata a esos animales como simples cosas, meras propiedades que ya no interesan; que se les ha metido en la perrera cuando sobraban; que se debería agilizar su adopción por familias que les dieran el amor y cuidados que merecen, máxime, después de su dedicación a la sociedad; y que merecían un homenaje público e, incluso, una condecoración por sus servicios.

El Ayuntamiento, por su parte, respondió mediante un comunicado en el que, básicamente, se decía: que era intención del Ayuntamiento buscar adoptantes para dichos perros; que, antes de eso, debía procederse a su "desafección", ya que se trata de "bienes" de propiedad pública; que el motivo de trasladarlos a la perrera municipal de Son Reus (a la que el Ayuntamiento denomina oficialmente "Centre Sanitari de Protecció Animal"; un claro eufemismo, si nos atenemos a la realidad) es temporal; y ¡que en Son Reus se ha alcanzado el "sacrifico cero"! algo que es más un deseo que una realidad (por cierto ¿a qué viene esa referencia, supuestamente tranquilizadora, al sacrifico cero? ¿es que alguien se había planteado, en algún momento, como "solución" el sacrificio de esos tres perros?). (* Poco después, el Ayuntamiento parece haber rectificado, decidiendo al parecer que dos de los perros -los más ancianos- se queden en instalaciones de la Policía Local, de por vida).

En cualquier caso el asunto merece un análisis detallado:

1º) Es cierto que los perros pueden ser considerados "bienes". Lamentablemente, todavía son "propiedad" de sus titulares. Pero no son objetos. Y no lo son, ni siquiera jurídicamente hablando: porque en 2009 entró en vigor el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, suscrito por España, cuyo artículo 13 dispone que los animales deben ser considerados jurídicamente como "seres sintientes"; lo cual es muy distinto a simples "objetos".

2º) En segundo lugar, no hace falta que durante el periodo de desafección ("conversión de bien público a privado") estén en una perrera, máxime teniendo en cuenta su avanzada edad. Podrían cederse temporalmente en acogida, como se hace por Ayuntamientos como el de Zaragoza o Sabadell (si: legalmente es posible), hasta encontrarles una familia que les proporcione hogar, cuidados y afecto hasta su muerte. Para ello, se han recibido ofertas de varias asociaciones, entre las que es de destacar la entidad "Héroes de Cuatro Patas", que desde 2015 ha encontrado familias adoptantes para más de 200 perros retirados del Ejército, Guardia Civil y Policía.

3º) Y, por último, porque actualmente la perrera de Son Reus no reúne las condiciones para albergar adecuadamente a ningún animal (ni de trabajo, ni abandonado o renunciado). Porque falta personal y medios. Y por la falta de sensibilidad de su actual Dirección: hay puestos -por ejemplo, "gerente de un almacén de piezas de repuesto"- para los que no es necesario estar dotado de especial sensibilidad hacia los seres que sufren; pero hay otros en los que sí es necesario tener un mínimo de empatía. Comprendo que los actuales responsables del área municipal de bienestar animal del Ayuntamiento llevan apenas medio año en el cargo, pero algunos llevamos observando detenidamente a Son Reus durante muchos años; y a los numerosos hechos me remito.

Debe tenerse en cuenta que el referido Tratado europeo forma parte de nuestro Ordenamiento (como parte del Ordenamiento Jurídico Europeo, de obligado cumplimiento para los estados miembros de la U.E.), por lo que es de rango superior a la Constitución, al Código Civil, y -lógicamente- también a cualquier Ordenanza Municipal de Bienestar Animal, que debe ser, no solo "actualizada" (objetivo para el que algunos hemos ofrecido desinteresada colaboración a través de cauces oficiales), sino interpretada conforme a dicha normativa europea. Han llegado nuevos tiempos, Sres. del Ayuntamiento de Palma. Algunos creemos (queremos creer) que hay en sus actuales responsables del área de Bienestar Animal una voluntad de hacer las cosas de modo diferente a cómo se han hecho en tiempos recientes. Háganlo por la dignidad y protección de los animales. También lo notarán en los votos de los electores (otros lo notaron ya a sensu contrario).