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Un tribunal de la localidad colombiana de Medellín ha abierto, con su sentencia, una nueva condición en cuanto al estado civil de una persona. Hasta ahora las opciones para cualquier ciudadano eran las de estar soltero, casado, divorciado o viudo, al margen de su sexo y del de la persona con la que hubiese establecido, o suspendido, sus lazos. Ya, no. Dos vecinos de Medellín, ya digo, acudieron al juez manifestando que no sólo estaban casados entre sí sino, además, con un tercero que, por desgracia, había fallecido cinco años atrás. Los supervivientes de ese matrimonio a tres reclamaban la pensión de viudedad y el juez se la ha concedido incluyendo en su sentencia la figura del poliamor. Como alguien puede pensar que me lo invento, copio lo que dice el juez en su fallo: la relación poliamorosa basada en los componentes de permanencia y comunidad "supone el acoplamiento de una identidad como familia que se sustenta en la búsqueda común de los medios de subsistencia, en la compañía mutua o en el apoyo moral, y en la realización de un proyecto compartido que redunda en el bienestar de cada uno de los integrantes de esa familia y en el logro de su felicidad".

Dejando de lado cualquier punta misógina o chiste fácil que se quieran sacar en este asunto, lo que de verdad merece la pena discutir es el correlato que se derivaría en términos de derecho civil si la figura del poliamor se consolidase y generara jurisprudencia en términos internacionales. No es el caso, de momento al menos, pero sí que merece la pena explorar las consecuencias teóricas que se podrían derivar del éxito de esa nueva figura. Porque cabe suponer que la relación poliamorosa no tiene porqué reducirse a la permanencia en comunidad de tres hombres y, salvo que yo ande muy errado, el matrimonio de un varón con dos mujeres, y viceversa, se consideraría bigamia hoy por hoy.

Hay más. Tampoco parece que en la sentencia del juez colombiano se incluya límite alguno en cuanto al número de personas de la polipareja, si cabe definir así el nuevo estado civil sin entrar en las contradicciones semánticas derivadas del significado habitual de lo que es un par. El poliamor se podría extender de forma bien sencilla a cuatro componentes y, a partir de ahí, a los que cupiesen en esa familia extendida que busca la felicidad. ¿Diez? ¿Mil? ¿Millón y medio? La multitud puede generar problemas a la hora de compartir un proyecto y generar beneficios para los que se apunten pero, una vez que se ha roto el principio de un matrimonio entre dos, resulta difícil poner límites que no sean arbitrarios. Quienes se viesen frustrados en su propósito de aumentar la familia podrían acudir a los mismos jueces que admitieron el poliamor como figura jurídica.

Que se vayan preparando el ministerio de Hacienda y la ley de los presupuestos generales del Estado. Si por cada fallecido aparecen cien mil viudos pensionistas, nos vamos a reír un rato.

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