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HOJA DE CALENDARIO

Pedro Villalar

Seguridad jurídica para el dictador

Es hasta cierto punto lógico que la sección Cuarta de la sala III del Tribunal Supremo haya decidido por unanimidad paralizar la exhumación de Franco hasta que el alto tribunal haya tomado una decisión definitiva sobre el particular, frente al recurso de la familia del autócrata que pretende paralizar ese traslado. Lo que resulta altamente inquietante, y merecería una rectificación, es que dicha Sala, que en ningún momento se refiere a Franco como "el dictador", alude a él como "Jefe de Estado desde el 1 de octubre de 1936 hasta su fallecimiento". En otras palabras, nuestro Tribunal Supremo considera que desde la autoproclamación poco después del golpe de Estado militar de 1936, el levantisco general fue ya el jefe de Estado legítimo este país, a pesar de que la República, con Manuel Azaña en la presidencia, era por entonces plenamente efectiva y legítima, y no dejó de tener encarnadura legal y diplomática hasta el final de la guerra, en 1939. Tanta condescendencia hiere con razón sensibilidades, es obvio.

Lo razonable hubiera sido que la familia de Franco hubiese entendido que la paz civil hace indispensable que se recupere el espacio público del llamado "Valle de los Caídos" pero su obstinada negativa reabre las heridas y encona los resentimientos que todavía mantienen encendidos algunos rescoldos. Judicializar también este asunto, cuando la ley de Memoria Histórica generó un mandato de clausurar el homenaje al dictador, es enrarecer de nuevo la convivencia. Allá cada cual con su responsabilidad.

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