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Haciendo el paripé al valorar inmuebles para exigir más impuestos

La Administración Tributaria es un mal enemigo, y tiene muy mal perder. Cuando le ganas en los tribunales va y cambia las reglas, para salirse con la suya y poder seguir exigiendo impuestos, en algunos casos de forma más que cuestionable. Es el caso de la Agencia Tributaria de Balears (ATIB), que lleva quince años comprobando de forma masiva los valores declarados para los inmuebles en escrituras de compraventa, herencia, donación, etc., realizando unos dictámenes en que los peritos de la ATIB se limitan a realizar unas operaciones matemáticas siguiendo a rajatabla unas instrucciones publicadas en el boletín oficial, duplicando el valor catastral del terreno para determinar el valor comprobado del suelo, y sin visitar los inmuebles valorados.

Nuestro Tribunal Supremo ha señalado que el valor real, que es la base imponible sobre la que se calculan los impuestos de Transmisiones, Sucesiones y Donaciones, sería el "precio que sería acordado en condiciones de mercado entre partes independientes".

Pues bien, en un gran número de operaciones, por muy real y de mercado que sean los precios pactados para los inmuebles y por muy independientes que sean las partes contratantes, la ATIB fija un valor más alto y exige sobre la diferencia un impuesto adicional. De alguna manera le dice la ATIB al comprador que ha comprado un "chollo", que les encanta el inmueble y que tiene que pagar algo más, y le dice al vendedor que ha sido "tonto", que ha vendido barato.

Los tribunales de Balears venían aceptando esas comprobaciones masivas de la ATIB, basadas en gran medida en duplicar el valor catastral del terreno, y los contribuyentes que querían combatirlas no tenían más remedio que acudir a un procedimiento de tasación pericial contradictoria, costoso y de resultado incierto.

Afortunadamente, unas Sentencias del Tribunal Supremo de mayo de 2018 rechazaron que las Haciendas autonómicas puedan comprobar los valores de inmuebles aplicando coeficientes sobre valores catastrales, lo que provocó que el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Balears (TEAR) comenzara a anular las comprobaciones de valor de la ATIB a partir de julio de 2018.

El TEAR de Balears considera ahora que no se puede fijar el valor comprobado duplicando el valor catastral del terreno en todos los casos, y que la ATIB debe realizar una mayor actividad comprobadora directamente relacionada con el inmueble en cuestión. A la ATIB no le sentaron bien esas resoluciones del TEAR que anulaban sus comprobaciones y las recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears, pero a finales de enero 2019 la ATIB desistió de esos recursos señalando que reforzará sus actuaciones con una mayor actividad comprobadora sobre cada inmueble, tal y como exige el TEAR.

En la noticia publicada el 13/2/2019 en Diario de Mallorca ("El Govern cede y cambia la forma de valorar los inmuebles en sus tributos") expresé mi temor de que la ATIB siguiera sin hacer una comprobación real de los inmuebles y que se limitara a hacer el paripé, justificando sin rigor que procede seguir duplicando el valor catastral.

No me equivocaba. Me acaba de llegar una comprobación de valores de la ATIB fechada el 1/2/2019 y está claro que han decidido hacer el paripé, que quieren seguir comprobando de forma fácil y masiva el valor de los inmuebles, sin visitarlos, limitándose a introducir unos pocos párrafos más, totalmente estandarizados, para justificar que es válido duplicar el valor catastral para el concreto inmueble. Valdrá la pena impugnar todas esas nuevas comprobaciones, porque sin duda seguirán duplicando los valores catastrales con carácter general, para seguir recaudando a costa de compradores "listos" que han comprado barato, a vendedores "tontos".

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