Han transcurrido casi tres lustros desde el estallido del conocido caso Mar Blau -también denominado caso Puertos- hasta la sentencia final que se ha conocido esta semana, tras la firma de un pacto de conformidad entre la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones particulares, por una parte, y los abogados de la defensa, por otra. Un periodo de tiempo inexplicablemente largo que nos habla de la lentitud de la Justicia a la hora de cumplir con sus funciones; una demora que a menudo se puede comprender, debido a la particular prudencia que le es exigible, pero que al prolongarse de forma excesiva termina por resultar claramente perjudicial. En su momento, Mar Blau no fue ni mucho menos un caso menor. El juez instructor llegó a considerar, en su auto de procesamiento, que nos encontrábamos ante un ejemplo de "corrupción sistémica" con su epicentro en la antigua cúpula de la Autoritat Portuària de Balears (APB). Entre los principales acusados aparecían nombres de relieve, como el fallecido líder popular Joan Verger o el exdirigente socialista Francesc Triay. Y en esta lista de doce encausados se encontraban también el exdirector general de Puertos de Baleares, Ángel de Matías, a quien la fiscalía solicitaba 18 años y 9 meses de cárcel; Gerardo Díaz Ferrán, expresidente de la CEOE, y Carmelo Hernández, directivo del grupo Marsans. A todos ellos se los acusaba de graves delitos de corrupción asociados a diversas concesiones en los puertos de Maó, Eivissa y Formentera. Finalmente, sin embargo, la vista oral prevista para esta semana se ha cerrado con una leve condena a tres de los procesados y con la exculpación de los restantes nueve.

El uso de pactos de conformidad entre las partes constituye una herramienta habitual en el marco jurídico español. Sus ventajas para el buen funcionamiento del sistema son palpables. En primer lugar, porque supone el reconocimiento de los delitos y la asunción de responsabilidades por parte de alguno de los acusados. Y, en segundo, porque economiza medios y acelera la resolución de los casos judiciales. Sin embargo, sería lógico que -en beneficio de la exigible transparencia y con el objetivo de evitar suspicacias- la Fiscalía explicase con más detalle la naturaleza de los acuerdos alcanzados. Así, no deja de causar sorpresa la distancia entre la gravedad de las acusaciones contenidas en el auto de procesamiento y las penas casi simbólicas que se han impuesto finalmente: apenas tres multas por valor de 8.490 euros. No sólo esto; el atenuante de dilación indebida, que se ha aplicado tras la década larga de instrucción, nos plantea el grave daño que han sufrido las nueve personas exculpadas, las cuales -durante este periodo de tiempo- han visto afectada su honorabilidad y se les han embargado parcialmente sus sueldos o pensiones. Es importante insistir en este punto porque, así como la justicia requiere paciencia, un alargamiento excesivo de los plazos termina por convertirse en causa de injusticia.

Con la vista de conformidad que tuvo lugar el pasado miércoles, se da por cerrado otro de los muchos casos de corrupción que han padecido nuestras islas en estos últimos veinte años. Se constata una vez más que, con sus múltiples imperfecciones, la justicia realiza su labor, limitando el ecosistema de la corrupción y saneando las instituciones. Pero también se confirman los efectos distorsionadores de algunas de sus dolencias. Para el futuro conviene aprender de los errores y llevar a cabo las reformas necesarias para minimizar los daños.