Pocas estrategias de manipulación son tan efectivas como apelar a la emoción, anulando el raciocinio. Lo saben desde antiguo los populismos radicales de todo signo político; y también los nacionalismos (sean estatales o centrífugos), sobre todo cuando albergan ínfulas supremacistas. Por otro lado, es imposible que a alguien le guste la totalidad de postulados de un grupo político, sea el que sea; y si sucede, algo falla: o el sujeto miente, o es un fanático (una de las clases más peligrosas de sujetos que existen).

Afortunadamente, cada vez somos más los que estamos en contra de todo tipo de Tauromaquia (corridas de toros, correbous, etc.), sin que dicha postura tenga que ver con la política, sino simplemente por su crueldad. La Tauromaquia nada tiene que ver con ser de derechas o de izquierdas (si es que tal división es real hoy día), ni tampoco -mal que pese a más de uno- con "las esencias" de España. España como nación es (por su riqueza cultural, su diversidad lingüística, su relevante participación en la Historia, su gente, y su -casi siempre desaprovechado- potencial) mucho más que "corridas de toros".

Hace unos días el Tribunal Constitucional anuló la parte de la ley conocida como "Toros a la balear", que regulaba las corridas. Y ante ello procede un análisis sosegado, en especial sobre sus daños colaterales:

1º) En 2016 el TC había anulado la Ley catalana que prohibía la celebración de corridas de toros en esa comunidad, con base en que dicha prohibición era una competencia estatal y no autonómica.

2º) En ese momento (desde hacía casi veinticinco años) regía en Balears la Ley de Bienestar Animal 1/92, que regula el trato que debemos dar a los animales en nuestro entorno. Una ley avanzada en su momento, pero en muchos aspectos -sobre todo, en prevención del maltrato- ya obsoleta.

3º) En 2017 -con el loable fin de eliminar la crueldad de las corridas de toros- el Parlament balear elaboró una reforma, no prohibiendo las corridas (competencia estatal), sino regulando su celebración: eliminando su intrínseco maltrato. Aunque la reforma fue cuantitativamente poco ambiciosa (aparte de los toros y de prohibir circos con animales, dejó fuera aspectos tan necesitados de nueva regulación como: los mínimos exigibles de atención, cobijo y bienestar de animales domésticos; colonias felinas; funcionamiento de perreras; procedimiento en caso de abandono; sanciones por maltrato; etc.), fue una buena iniciativa.

El problema es que, para obtener suficiente apoyo parlamentario, quienes la impulsaban cedieron ante las presiones de un sector del principal partido en el actual Govern balear. Dicho sector, al parecer, puso como condición eliminar el requisito vigente en ese momento en el artículo 4.2.c de la Ley 1/92, el cual exigía, en relación a fiestas con uso de animales, que éstas se hubieran celebrado ininterrumpidamente durante cien años. Requisito que recientemente se había detectado que no cumplía el 'Correbou' de Fornalutx, por lo que éste era ilegalizable.

Pero, dada la posibilidad de que el TC acabara anulando la reforma relativa a las corridas de toros (sin tocar la del "Correbou"), ceder a dicha imposición -es decir, consolidar el 'Correbou'- era muy arriesgado. Porque podía suceder -como al final ha ocurrido- que las corridas de toros volvieran a celebrarse en su forma tradicional; y que, por otro lado, ya no fuera posible obtener la ilegalización del 'Correbou' de Fornalutx (al haberse eliminado el requisito de los cien años). Quienes lo vimos venir hicimos campaña pública advirtiendo del peligro e instando a no eliminar dicho requisito de la Ley. Pero de nada sirvió.

Por ello, ahora volveremos a tener corridas de toros tradicionales "con sangre". Pero también un 'Correbou' de Fornalutx que (aunque "maquillado": busquen grabaciones de TV anteriores a 2017 y posteriores, y jueguen a "encontrar las diferencias") ha quedado blindado por mucho tiempo, y sin posibilidad de ser ilegalizado al amparo de la nueva ley.

Desde el punto de vista de la protección animal, un claro y grave error.

* Abogado