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Frente a los okupas, ¿qué hacer?

De un tiempo a esta parte -y es que no recuerdo que unas décadas atrás el problema hubiese alcanzado tamaña dimensión-, los medios se hacen creciente eco de allanamientos de morada que parecen ir en aumento e incorporan, al ausentarse del domicilio por cualquier motivo, una preocupación añadida cuando no medidas preventivas con el consiguiente coste: desde rejas a cambio de cerradura o blindaje de puertas, siempre de eficacia dudosa si alguien decide entrar por la fuerza.

Leí hace pocos meses que una tal Inmaculada Efna fue detenida tras entrar en su propia casa, sita en Son Gotleu y ocupada por desconocidos. Los ejemplos se multiplican y no deja de llamar la atención que al derecho de dueños o inquilinos al corriente de pago, se sobreponga el de unos delincuentes que podrán seguir habitando un espacio obtenido de modo ilícito, alegando mentiras varias hasta que la Justicia se pronuncie. Y largo me lo fías. Entretanto, el residente legal habrá de buscarse la vida o, de penetrar en la vivienda aprovechando un descuido, será acusado de ¡allanar su morada!, lo cual, desde cualquier óptica, resulta cuando menos paradójico.

En opinión de una significativa mayoría, las imposturas a que apelan los okupas (contratos verbales, escritos falsos, sus pertenencias guardadas y tendidas para probar que no llegaron ayer€) no debieran condicionar la solución al extremo de que dueños o arrendatarios hayan, mientras dura la interminable espera, de buscarse hotel, familiares que los acojan o alquilar nueva vivienda. Respetar la "otredad" y los problemas ajenos no debiera implicar el que se cargue sobre las víctimas un genérico desajuste social, ni la compasión por esos "sin techo" hasta entonces, y que se procuran uno a cualquier precio -o mejor dicho, sin él-, influir en la valoración y dilatar el pronunciamiento legal ante lo que es claro exponente de una violación del derecho. ¿Es que, en el caso de "La Manada", para la violación física serían atenuantes que la tal pandilla de descerebrados hubiese pasado por un largo período de abstinencia sexual sin pretenderlo, o fuesen incapaces por razones varias de encontrar pareja?

Por mejor centrar el tema, una cosa es el desahucio para beneficiar a fondos buitre o esas entidades financieras que anteponen su beneficio a cualquier consideración humanitaria, y otra distinta el actuar, en el caso de los okupas, como si la ley debiera pronunciarse frente a un conflicto de derechos con igual legitimidad y por tanto sujetos al mismo rasero: el genérico derecho a vivienda, reconocido en abstracto a cualquier ciudadano, y el concreto que supone un contrato o el certificado de propiedad. Sin embargo, se diría que el segundo se subordina al primero siquiera por un tiempo que a todas luces, y de superar unas horas, se antoja excesivo. Y es que, en definitiva, la civilización lleva aparejados límites que nadie, con independencia de su estatus familiar, social o económico, está autorizado a sobrepasar si admitimos que, en democracia, la ley acordada está por encima de las convicciones, lo que por más que obvio no estaría de más recordar de vez en cuando a populistas, indepes o los sin techo.

En esta línea y más acá de sofismas, el ordenamiento legal ha de garantizar la protección efectiva y en breve plazo (de inmediato, si fuera posible) a los legítimos ocupantes. Tal voluntad parece subyacer en la proposición de ley aprobada por la Comisión de Justicia del Congreso en fecha 24 de abril -y, hasta donde sé, pendiente aún de ratificación- con objeto de proteger las viviendas de la okupación y conseguir, en su caso, un desalojo en plazo inferior al actual que puede sobrepasar los dos años, aunque la inicial oposición del PSOE, Podemos y ERC, argumentando que no se garantiza el realojo de los expulsados y dadas las confluencias en el nuevo Gobierno, no favorezca la pretensión de una mayor agilidad en los trámites bajo la premisa de que no es de recibo cargar sobre los okupas la carencia de vivienda social, admitiendo en paralelo que el reconocimiento del derecho a vivir bajo techo no va más allá de una declaración de buena voluntad, en demasiadas ocasiones sin traducción. Es lo que aducen algunas formaciones para considerar a los mismos un mal menor, y los desalojados ilegalmente tamponarían las susodichas carencias en espera de un mundo mejor. Entretanto y hasta aquí, a quien Dios se la dé San Pedro se la bendiga.

Por todo ello, quizá fuese oportuno arbitrar mecanismos que garantizasen en la práctica la protección inmediata frente a una okupación ilegal: unos cuantos policías para esos menesteres en cada comunidad autónoma y un dactiloscopista que pudiera verificar la autenticidad de las firmas, a más de un abogado, podrían ser suficientes. Y es que la tolerancia, al igual que la piedad, no pueden justificar en modo alguno que echen a alguien de su casa por el expeditivo método de forzar puerta o ventana. Quiero suponer que incluso los más acérrimos defensores de eslóganes para la galería, del tipo "Nadie sin vivienda", y siquiera por coherencia, tendrían poco que objetar.

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