Fue un eminente jurista alemán del siglo XIX, Rudolf von Ihering, quien mejor teorizó el estrecho vínculo existente entre el desarrollo normativo del Derecho y las fricciones sociales previas en las que se enfrentan intereses contrapuestos. La guerra abierta por la regularización de la vivienda turística, cuyo último capítulo pasa por la impugnación que ha hecho la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) a las normativas locales de Madrid, Bilbao y San Sebastián, constituye un ejemplo de lo indicado. El derecho a explotar comercialmente una propiedad privada -como por ejemplo un apartamento- choca con otras necesidades sociales que también deben ser ponderadas en su justa medida. La problemática característica de las denominadas "ciudades de éxito" se define en gran medida por una creciente fractura social que enfrenta a los propietarios de viviendas con los arrendatarios y que, a largo plazo, termina gentrificando determinados barrios. Para ilustrar este punto conviene recordar los datos que aportaba Christopher Caldwell en un largo ensayo para The City Journal, donde recalcaba que en Londres -una de las ciudades de éxito por antonomasia- el alquiler mensual de un piso asciende a 2.580 libras, mientras que el salario medio no supera las 2.300. Las consecuencias de este proceso son obvias y no precisamente positivas.

De ahí que la regulación del alquiler turístico -responsable en parte, y sólo en parte, de la imponente subida de los precios de la vivienda en algunas ciudades- fuera una obligación: en primer lugar, para poner orden en el sector y, en segundo, porque la realidad urbanística y social hay que saber verla en toda su complejidad. A través de distintas iniciativas -ya sean autonómicas, insulares o locales-, Balears ha decidido afrontar una problemática agravada en nuestro caso no sólo por el monocultivo turístico, sino también por las limitaciones de espacio inherentes a la realidad geográfica. Y, aunque es pronto para saber cómo van a evolucionar las medidas de zonificación que se han impulsado en el archipiélago -y que con toda seguridad requerirán de posteriores ajustes a partir de la experiencia de estos próximos años-, no cabe duda de que la opción de dejar un mercado sin regular no constituye una alternativa real.

Por eso mismo, ha sorprendido la impugnación presentada por la CNMC a la normativa local aprobada en algunas ciudades españolas; lo cual sugiere la posibilidad de que también se impugne en Mallorca, a pesar de la cobertura que ofrece la ley balear aprobada en el Parlament. La Comisión lógicamente se encuentra en su derecho, ya que su función consiste en preservar la competencia entre los actores y evitar regulaciones demasiado restrictivas para el correcto funcionamiento del mercado. Pero conviene que esta impugnación se sustancie más en la letra menuda de las leyes que en grandes apelaciones genéricas a la competencia, a fin de que sepamos exactamente en qué atentan contra la libertad de mercado las normativas locales relativas al alquiler vacacional. La experiencia global nos invita a pensar más bien lo contrario: que la falta de unas reglas claras son lo que están impulsando el aumento de los precios inmobiliarios y la reducción del mercado de alquiler a largo plazo. Por supuesto, no existen soluciones milagrosas a una realidad extremadamente compleja que afecta de un modo u otro a la mayoría de ciudadanos. Es preciso, por tanto, analizar con inteligencia y rigor los argumentos de ambas partes. Y eso exige bajar a la concreción técnica en lugar de recurrir a vagos principios generales.