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Antonio Papell

'La manada', ¿un error de interpretación?

La normativa penal sobre los delitos sexuales fue introducida en nuestro ordenamiento mediante la ley orgánica 10/1995, del Código Penal, y se ha mantenido prácticamente intacta hasta ahora, con reformas intermedias en 1999 y 2010. El título VIII, "Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales", se estructura en capítulos. El capítulo primero es "De las agresiones sexuales" y el capítulo II, "De los abusos sexuales". Simplificadamente, se considera que comete agresión sexual "el que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación". En cambio, comete simplemente abusos "el que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona". En ambas especialidades, existe una gradación de penas según la gravedad de la agresión o del abuso, con una casuística bastante explícita. La condena en caso de agresiones sexuales va de uno a quince años y en los abusos sexuales, de una simple multa a diez años.

Por descontado, es más grave -y comporta mayor castigo- la agresión que el abuso, figuras que se diferencian porque en aquella se utiliza "violencia o intimidación" y en esta no. Conceptos abstractos que habrán de ser interpretados por el juzgador (no deja de ser curioso que la polémica que se ha desatado en este caso sea muy parecida a la que existe en torno al conflicto catalán sobre si hubo o no "violencia" en el pronunciamiento de los soberanistas, disyuntiva que daría lugar a delitos de rebelión o sedición, respectivamente).

En el caso de "La Manada", que tanta indignación ha provocado por calificación de los delitos y la levedad de las penas, lo desconcertante es que los "hechos probados" que se describen en la larga y minuciosa sentencia describen claramente una agresión, en la que hubo, cuando menos, "intimidación". Se dice, por ejemplo, que "rodeada por cinco varones, de edades muy superiores y fuerte complexión (€), la denunciante se sintió impresionada y sin capacidad de reacción". O que "en ningún momento se le aprecia [en la denunciante] expresión de disfrute alguno, sino de hastío e incluso dolor". O que "la denunciante sintió un agobio y desasosiego que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera, manteniendo la mayor parte del tiempo los ojos cerrados". ¿Cómo se puede decir, tras estas constataciones tan elocuentes, que no hubo "intimidación"? ¿O cómo es posible defender, como ha hecho uno de los tres magistrados, que no hubo delito alguno, que aquello fue una especie de orgía consentida entre adultos?

La irritación social es, pues, bien comprensible, aunque ha de modularse teniendo en cuenta que estamos en un estado de derecho garantista en que se ha emitido una sentencia en primera instancia -de la sección segunda de la Audiencia Provincial—, que va a ser recurrida por la fiscalía ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, y, su procede, ante el Tribunal Supremo. En otras palabras, no cabe todavía hablar de fracaso del sistema judicial, ya que este no ha dicho ni de lejos la última palabra.

Conviene tener en cuenta, en todo caso, que en 1995, cuando se redactó el grueso del vigente Código Penal, ni siquiera se hacia todavía el sobrecogedor recuento anual de las mujeres víctimas de violencia de género. Quiere decirse que ha habido un intenso positivo cambio de mentalidad que quizá obligue a una reforma de la ley. Sin embargo, en este caso no parece que las deficiencias estén en la norma sino en su interpretación, aunque el Código será tanto más perfecto y ajustado a la sensibilidad social cuanto menor sea el margen de discrecionalidad que haya que aplicar el juzgador.

Bien está que se someta a los jueces a una formación adecuada en materias, como la violencia de género, en que la evolución cultural y ética ha influido considerablemente (el pacto de Estado así lo establece). Pero hemos de convencernos todos de que estamos andando un camino arduo hacia la igualdad que costará mucho esfuerzo hasta llegar a la meta.

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