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Puigdemont en TV3

Fue un acierto que los partidos estatales que pactaron la aplicación del artículo 155 de la Constitución no optaran por intervenir TV3. La libertad de expresión no debe verse sometida a medidas de excepcionalidad. Pero en cualquier tiempo y lugar los medios han de someterse a la legislación vigente y atenerse a las consecuencias si la vulneran. Viene esto a cuento de que TV3 acogió el discurso institucional de fin de año de Puigdemont, al que considera "president legítimo de Cataluña" y quien ha manifestado que no acata el artículo 155, es decir, que no está dispuesto a someterse a la Constitución en vigor. Sólo los jueces podrían determinar si en esta postura de una televisión pública, que ha de estar por tanto al servicio de todos los ciudadanos y cumplir con esmero las normas del estado de derecho, existe algún ilícito penal, pero en cualquier caso es inexplicable que un medio institucional, sometido a los lógicos controles, mantenga impunemente unas tesis directamente golpistas, contrarias al ordenamiento jurídico. El artículo 20 de la carta magna es medular de nuestras libertades, pero estas no se defienden permitiendo el espectáculo denigrante de un medio público violando la ley, ofreciendo una visión torticera de la realidad, traicionando los principios a los que debería servir.

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