Ante la deriva del denominado "problema catalán" en cualquiera de sus nomenclaturas y eufemismos varios ("proceso soberanista", "proceso de desconexión", etc.), numerosas personas reclaman la aplicación del artículo 155 de la Constitución como solución al problema. A título personal, creo que ya es tarde para adoptar cualquier medida capaz de evitar serios trastornos y resultados gravísimos. Las iniciativas para zanjar un conflicto que se veía venir con una claridad meridiana debieron tomarse hace ya muchos años, pero la ceguera de unos, la sinrazón de otros, los intereses de terceros y la mezcla letal de ignorancia e insensatez, nos han abocado a esta situación dantesca. Echando mano de los trillados símiles que se utilizan para esta realidad tan indeseable que nos está tocando vivir ("choque de trenes", "ir directos al precipicio"), mi impresión es que, frenemos en seco, aceleremos al máximo o demos un brusco giro, las consecuencias serán, en todo caso, dolorosas.

Frente a este escenario, no son pocos quienes alardean y defienden el incumplimiento de las normas y la desobediencia de las resoluciones judiciales, mientras que otros tantos recurren a la táctica de la pasividad y de mirar para otro lado, confiando en que el mero paso del tiempo o la intervención de la divina providencia se encarguen de arreglar los contratiempos. Unos y otros, convenientemente arropados, vitoreados y palmeados por sus acólitos, son imprudentes y temerarios.

En cualquier caso, la posibilidad de recurrir al artículo 155 de nuestra carta magna está ahí. Dicho precepto establece que "si una comunidad autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al presidente de la comunidad autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general", especificándose para ello que "para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las comunidades autónomas".

Sobre tal previsión, conviene hacer algunas aclaraciones:

Primera: en contra de lo que se piensa, el artículo 155 no implica una "suspensión de la autonomía" en el sentido de que se pierda la condición de comunidad autónoma sobre el territorio afectado por la medida, o de que se disuelvan sus instituciones.

Segunda: esta previsión no es una singularidad española ni una extravagante ocurrencia de nuestro sistema constitucional. Muy al contrario, constituye un mecanismo habitualmente establecido en los Estados federales. Es más, se inspira claramente en el artículo 37 de la alemana ley fundamental de Bonn.

Tercera: se trata de un mecanismo excepcional, no sólo porque no se haya aplicado nunca en nuestro país, sino porque existen otras vías más ordinarias para ser aplicadas antes de una herramienta como esta, pensada para casos irreversibles y dramáticos.

Cuarta: la aplicación del 155 no implica el despliegue del Ejército, una medida contemplada solamente en la declaración de los "estados excepcionales", sobre todo, el "estado de sitio".

Quinta: supone abrir una vía que ofrezca alguna solución, pero también plantea innumerables dudas sobre su aplicación, repercusión y consecuencias.

Me temo que ya es tarde para solicitar cordura, sosiego y sensatez a los sucesivos líderes y cargos públicos responsables de esta situación, impropia de un Estado de Derecho serio y maduro. Y el hecho de que la posibilidad de apagar el fuego recaiga en manos de los pirómanos tampoco ayuda a ser optimista. Quizá lo imperiosamente necesario sea realizar un llamamiento a todos esos cientos de miles de personas que, con sus vítores, aplausos y muestras de apoyo, dan lugar a que los encargados de dirigir los destinos de nuestra sociedad se crean unos iluminados salvadores de la patria, en incuestionable posesión de la verdad. Quizá, y sólo quizá, si se vieran solos, sin el respaldo popular, se parasen al menos un minuto a pensar.

*Doctor en Derecho y profesor de Derecho Constitucional