La Fiscalía General del Estado ha insistido en que no se ha alcanzado ningún tipo de pacto con Jaume Matas encaminado a obtener una reducción de penas globales en los juicios que el expresident tiene pendientes y evitar de este modo su regreso a la cárcel. La aclaración se ha producido después de las nuevas especulaciones surgidas esta semana sobre la existencia de tales acuerdos.

La misma fiscalía ha reconocido negociaciones, como informó Diario de Mallorca en reiteradas ocasiones, por ejemplo en octubre de 2015 y la última vez el pasado 4 de agosto, aunque sin acuerdo ni decisión. La propia defensa del expresident señala, por su parte, que un pacto conjunto en las piezas del caso Palma Arena que incriminan a Matas resulta muy difícil, pero aspira a obtener acuerdos puntuales de conformidad.

El pacto entre las partes en los procesos penales es una figura del sistema judicial anglosajón que ha sido introducida y usada de forma recurrente en los tribunales españoles. Especialmente por los políticos acusados de cohecho y todos sus derivados de malversación de fondos públicos. Cuando se ven en un callejón sin salida, han agotado todos los plazos y recursos posibles y las pruebas documentales les dejan en evidencia, entonces se avienen a reconocer los hechos que hasta el momento han negado. Lo hacen con la finalidad de beneficiarse de una reducción de condena.

Es precisamente en este punto donde puede quedar devaluado el sentido y la finalidad del pacto, porque en demasiados casos no comporta la devolución de los fondos defraudados ni la reposición efectiva del perjuicio causado al interés general y al servicio público. Por eso los pactos, en general „y hay que reconocer que en buena lógica„ no son entendidos y sí rechazados por una ciudadanía demasiadas veces defraudada por el aprovechamiento personal de los bienes y fondos públicos de quienes un día obtuvieron la confianza y el respaldo de los electores.

José Antonio Martín Pallín, magistrado emérito del Tribunal Supremo, declaraba el viernes, en una entrevista concedida a Diario de Mallorca, que los pactos, tal como se hacen en España, carecen de fundamento. El eminente jurista explicaba que tendrían sentido si se realizaran al principio de la instrucción y así se ahorrara el farragoso proceso de los sumarios y su acaparación de tiempo, pruebas documentales y testificales.

Sin embargo, la fiscalía Anticorrupción, por lo menos en Balears, acostumbra a dar por buenos los pactos que implican una reducción de condena, porque de este modo se obtienen confesiones. Pero son confesiones para el aprovechamiento personal, sin arrepentimiento y demasiadas veces sin el añadido de la devolución de lo defraudado.

Esta semana también hemos tenido conocimiento de que la misma fiscalía que tal vez se avenga a negociar con Jaume Matas tiene serias dificultades para hallar pruebas que impliquen al también exministro de Medio Ambiente de Aznar en la compra del palacete, ya vuelto a vender, de la calle San Felio de Palma. Tantas que valora no acusarle por estos hechos. No es fácil hacerlo a pesar de las fundadas sospechas de que la lujosa residencia fue pagada con dinero ilícito.

El pacto tampoco tiene sentido sin aclaración, del mismo modo que resulta inexplicable y nada coherente que Rita Barberá abandone el PP cinco minutos antes de que la expulsen del partido, tras su imputación por parte del Tribunal Supremo, pero se niegue a dejar su escaño en el Senado. O que los expresidentes andaluces, Chávez y Griñán, al ser acusados por el fiscal, permanezcan en la confusión de lo ocurrido con los ERE.

Los pactos en los procesos penales, cuando afectan a cargos públicos, serán entendidos el día que sean fruto de la transparencia y de la reposición del daño causado. Mientras, tienen un tic de privilegio que no hace más que agrandar la desconfianza ciudadana hacia la clase política en general.