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Llorenç Riera

Pactos, carencias y usos de la Justicia

La Justicia no es ni puede ser contemplada como una práctica mercantil, pero muchas veces se actúa en ella en términos análogos a las del negocio y el comercio, con lo bueno y malo que ello comporta a la vez. El acuerdo y el pacto están regulados en la Administración de Justicia y se usan de modo ordinario dentro de la práctica procesal. En ello afloran las carencias y virtudes del propio sistema. También las de la condición humana.

El juicio del caso Nóos ha vuelto a poner de actualidad la negociación y acuerdos entre la acusación pública, representada por el fiscal y las defensas de significados acusados. Se habla mucho de si Iñaki Urdangarin busca seis millones de euros que le permitirían resarcir daños y sellar un acuerdo con el ministerio público. Su exsocio, Diego Torres, apela a su inocencia y dice que no quiere saber nada de este tipo de ententes. El acuerdo esbozado por la defensa de Jaume Matas se tambalea después de la declaración del otro día del expresident en la que la fiscalía apreció comportamientos propios de "una anguila" y escasa voluntad de admitir el delito de malversación.

Maria Antònia Munar busca un pacto global sobre las gruesas causas pendientes que le quedan por saldar. De momento, parece que ya lo ha obtenido en lo concerniente a la contratación, por parte del Consell, de empleados que acabaron sirviendo a tiempo completo los intereses electorales de UM. Este asunto volverá a sentar a Munar en el banquillo el próximo jueves. Ayer también quedó escenificada en la Audiencia la avenencia entre la fiscalía y los excargos del desaparecido partido, Flaquer, Buils y Losada, al admitir la prevaricación cometida en el consorcio de informática del Consell.

Los pactos procesales están en plena vigencia en una Mallorca que tiene a demasiados excargos públicos anegados en la corrupción y en prácticas institucionales inadecuadas o al margen de la ley. Los acuerdos son en muchos casos útiles porque implican confesión del delito cometido y devolución de los bienes malversados. Sin embargo, muchas veces también delatan la incapacidad y lentitud del sistema por clarificar a tiempo las regularidades cometidas y exigir con prontitud las responsabilidades pertinentes. Los pactos casi siempre se hacen esperar. Sólo se utilizan in extremis, cuando el acusado se ve acorralado y sin mejor alternativa de defensa o reducción de condena previsible.

En estos acuerdos quedan selladas también la misma eficacia, lentitud, persistencia y carencia de la Administración de Justicia. Tampoco son la panacea ni la solución global. Algunos se alcanzan por mero agotamiento del afectado. Hay pacto para la admisión de culpa y no tanto para reconocer la inocencia y el error administrativo. Estos mismos días hemos visto recobrar la libertad en Palma a Romano Riberto van der Dusser. Ha estado trece años detenido por delitos sexuales no cometidos, nueve de ellos después de que el ADN hubiera probado su inocencia. Ahora será Administración la que deberá pactar con él cómo le devuelve el tiempo perdido, le recompensa el daño causado y lava su imagen. En pacto judicial tiene muchas caras y detalles particulares.

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