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Antonio Papell

La reforma constitucional de la Justicia

La recusación de Enrique López y de Concepción Espejel en el caso "Época I" 1999-2005 de Gürtel, perfectamente lógica en todos sus términos, obliga a realizar una reflexión en voz alta sobre las relaciones entre justicia y política, entre jueces y partidos. E, indirectamente, a reconsiderar los sistemas de provisión de cargos judiciales mediante procedimientos que, como acaba de verse, contaminan a los profesionales de la justicia y acaban inhabilitándoles para determinados menesteres ya que pierden -al menos- la apariencia de imparcialidad.

Los 18 miembros de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que han votado la separación de sus dos compañeros han considerado que la vinculación de ambos con el Partido Popular afectaría a la apariencia de imparcialidad del tribunal llamado a juzgar la mayor trama de corrupción que afecta a este partido. En efecto, Enrique López fue promovido por dos veces por el PP al Consejo General del Poder Judicial; en la primera ocasión, no reunía los requisitos de antigüedad requeridos, por lo que la designación no prosperó y hubo que esperar unos años hasta que pudo hacerse efectiva; después, López fue designado miembro del Tribunal Constitucional, también a instancias del PP, cargo del que dimitió tras haber sido detenido borracho conduciendo de madrugada una motocicleta sin casco. López ha sido colaborador estrecho e intenso de FAES, la Fundación del Partido Popular. Concepción Espejel, por su parte, fue también consejera del Poder Judicial a instancias del PP y mantiene lazos muy intensos y explícitos con personalidades populares. Por supuesto, tanto López como Espejel se negaron a apartarse voluntariamente de la referida causa, e incluso López redactó un auto para justificarse, tan plagado de faltas de ortografía que pasará a los anales más delirantes de la literatura forense.

En definitiva, esta recusación indica que la propia corporación judicial considera que la promoción de algunos de sus miembros a instancias de los partidos políticos para ocupar cargos electivos en el CGPJ y en el Tribunal Supremo produce una especie de contaminación incapacitante, una apariencia de parcialidad inevitable que impide juzgar asuntos en los que tenga algún interés el partido en cuestión. De donde se infiere que el sistema de designación de tales órganos colegiados está viciado. O, más bien, que el procedimiento se utiliza mal, tergiversando por sistema el espíritu del legislador: en lugar de entronizar de buena fe a quien consigue efectivamente suscitar la mayoría cualificada de los parlamentarios, se intercambian apoyos, con lo que los grandes partidos eligen a candidatos leales y manejables con sus votos y los del adversario, a cambio de apoyar también a los candidatos ajenos. De este modo, lo que se pensó para favorecer a juristas transversales, caracterizados por su neutralidad y apartidismo, se utiliza para impulsar a jueces dóciles y serviciales.

¿Qué hacer, entonces, para corregir esta situación insostenible? Podemos acaba de sugerir que el Consejo General del Poder Judicial de sólo quince miembros, más reducido que el actual, sea elegido por sufragio universal por todos los ciudadanos entre jueces y magistrados, fiscales, secretarios judiciales y juristas de reconocido prestigio con al menos 10 años de experiencia en este ámbito, avalados por asociaciones, sindicatos o plataformas ciudadanas. La propuesta requeriría muchas matizaciones y, evidentemente, una reforma del artículo 123 de la Constitución, que describe su actual composición y su forma de elección. En lo tocante al Tribunal Constitucional, tan desacreditado, caben dos reformas: la conversión de la institución en una Sala Especial del Supremo (el modelo canadiense) y la reforma del modelo vigente que incluyese el carácter vitalicio de los cargos (el modelo norteamericano). El debate constructivo entres los partidos puede arrojar luz sobre estos asuntos, cuya reforma no debe demorarse.

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