Una proposición no de ley que aboga por la abolición de la tauromaquia en la comunidad balear fue registrada este miércoles en el Parlament, respaldada por los tres partidos que gobiernan en la capital balear: PSOE, Més y Podemos. La tauromaquia se encuentra regulada como patrimonio cultural según la ley 18/2013, ley precisamente impulsada a través de una iniciativa legislativa popular respaldada con 605.235 firmas de todo cariz político y ámbito nacional. Esta misma ley, en su exposición de motivos, declara que "la tauromaquia forma parte del patrimonio histórico y cultural común de todos los españoles [?]" y en su artículo 5 expone que " de conformidad con lo establecido en los artículos 46 y 44, 149.1, reglas 1ª y 28ª, y 149.2 de la Constitución, es competencia de la Administración general del Estado garantizar la conservación y promoción de la tauromaquia como patrimonio cultural de todos los españoles, así como tutelar el derecho de todos a su conocimiento, acceso y libre ejercicio en sus diferentes manifestaciones". Por otro lado, la ley 10/2015 para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial reconoce a la tauromaquia como tal en su disposición final sexta.

Cabe recordar que la Constitución española aquella que los señores diputados, en el momento de su investidura o toma de posesión del cargo, juraron o prometieron cumplir, así como las leyes que de ella emanan jurando o prometiendo lealtad, obliga a los poderes públicos a promover y tutelar el acceso a la cultura, a garantizar la conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad y que es el Estado, delegando su gestión en las comunidades autónomas, quien tiene la obligación de defender el patrimonio cultural, artístico y monumental español, entre el que se encuentra la tauromaquia, por lo que cualquier futura acción en su contra colisionará con las leyes anteriormente mencionadas, con la Constitución y, de acuerdo a sus características, podría constituir un delito de expolio cultural. Por lo tanto, las corridas de toros están protegidas por el derecho de las personas a la cultura contemplado en el artículo 2 de la Constitución, por lo que su prohibición sería inconstitucional.

Se entiende, por tanto, que admitida ayer a trámite la proposición no de ley para la abolición de la tauromaquia se puede haber atentado directamente contra los derechos como ciudadanos españoles y como aficionados a una reconocida manifestación cultural como son los espectáculos taurinos. La Constitución y las leyes 18/2013 y 10/2015 amparan así al colectivo taurino. En un Estado de Derecho, todos los ciudadanos estamos obligados al cumplimiento de las leyes que nos rigen y más aún sus representantes públicos.

Finalmente, hay que recordar que está pendiente de resolución por parte del Tribunal Constitucional un recurso por parte del PP sobre las prohibiciones anteriormente señaladas o cualquier acto en contra en el archipiélago balear, así como la prohibición de los toros en Catalunya. Si, como todo hace indicar, esto sucediera antes de las próximas elecciones generales y el fallo revocara la prohibición catalana y, tal y como se solicitó, blindara la fiesta, cualquier acción en su contra quedaría invalidada.

* Crítico taurino