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Antonio Papell

La mención militar

A una pregunta periodística sobre el papel que jugarían las Fuerzas Armadas ante una eventual declaración unilateral de independencia de Cataluña, el ministro de Defensa, Pedro Morenés, respondió textualmente el martes pasado al entrevistador que "cada uno tiene que cumplir su deber, las Fuerzas Armadas, los gobernantes y los gobernados, y si todo el mundo cumple con su deber le aseguro que no hará falta ningún tipo de actuación como la que usted está planteando".

La respuesta es errónea y gravemente impropia. Porque la declaración unilateral de independencia, si se produce, será un hecho de naturaleza política que deberá ser abordado por vías políticas, como es natural. El Gobierno tiene un abanico de posibilidades ante sí: desde la más obvia, el recurso ante el Tribunal Constitucional de una resolución manifiestamente ilegal, con todas las consecuencias jurídicas que puede acarrear, hasta adoptar las medidas excepcionales que la Constitución prevé, como la aplicación de la ley de Seguridad Nacional o la invocación del artículo 155 CE que permitiría al Gobierno adoptar las medidas necesarias para obligar a la Comunidad Autónoma a cumplir sus obligaciones o para preservar e interés general.

En otras palabras, el Estado tiene todos los medios civiles necesarios para resolver cualquier conflicto, y también para detener una intentona secesionista, obviamente pacífica (no se puede concebir otra cosa), que pueda plantearse en el terreno institucional, ya que las leyes vigentes configuran un Estado de Derecho operativo y eficaz. No viene por tanto en absoluto a cuento la mención al Ejército, que no deberá actuar ni siquiera en el supuesto de alguien no cumpla con su deber.

La mención a la milicia evoca inevitablemente los sucesos de 1934: como es conocido, el 6 de octubre de 1934, Lluis Companys proclamaba desde el balcón de la Generalitat ´l´Estat Català de la República Federal Espanyola´. Companys intentó sin éxito que el capitán general de Cataluña, general Batet, se pusiera a sus órdenes, pero éste se negó y ordenó al jefe de los ´mossos d´Esquadra´ que acudiera a Capitanía a resignar el mando, sin que tal conminación fuera acatada. Batet habló con Lerroux, presidente del consejo de ministros, y declaró el Estado de Guerra en Cataluña. El Ejército intervino, hubo escaramuzas y disparos, y a primera hora de la mañana del día 7 Companys era detenido por Batet. En la contienda hubo 46 muertos, 38 militares y 8 civiles. Batet, que actuó entonces con moderación según los historiadores y expertos, fue criticado por ambos bandos y acabó siendo fusilado en 1937 por Franco por no secundar la rebelión militar del 36.

Cualquier comparación entre aquellos episodios y la actualidad es sencillamente descabellada. La Segunda República, tan meritoria por sus intenciones, no pudo prosperar por instalarse en un tejido cultural y político decimonónico, y los sucesos del 34 en Asturias y en Cataluña fueron el presagio de la tragedia que sobrevendría pocos años después en forma de despiadada guerra civil. Hoy, el precedente que tiene sentido, si es que hay que buscar alguno, es el del Plan Ibarretxe, también un intento de conseguir para Euskadi un estatuto de semiindependencia que se planteó por vías exquisitamente políticas, se tramitó parlamentariamente y no prosperó, por lo que quedó definitivamente archivado. Y a nadie entonces se le ocurrió mencionar siquiera al Ejército, pese a que por aquella época el activismo criminal de ETA desatentaba todos los designios en relación con Euskadi.

En definitiva, en Cataluña hay, qué duda cabe, un grave conflicto, pero no es imaginable otra solución que la que la ley democrática establezca.

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