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Llorenç Riera

Sin cambio carcelario para el impasible Matas

Si el preso no ha cambiado de actitud y tampoco ha cumplido los términos de su condena, no tiene porqué modificarse el régimen carcelario que le afecta. Alcanzar esta conclusión, a todas luces lógica y consecuente con el Derecho, el mismo sentido común y la impresión generalizada entre la opinión pública, ha costado lo cuyo, por lo que respecta a la situación procesal y penitenciaria de Jaume Matas. En el entreacto, desde que el pasado 29 de octubre Instituciones Penitenciaras otorgó el tercer grado al expresident de Balears y exministro de Medio Ambiente, queda mucha polvareda y afrenta política sobre presunto trato de favor que ha llegado al mismo Congreso de los Diputados.

Era difícil alcanzar a entender porqué Instituciones Penitenciaria convirtió de forma tan rápida y con tan parco trámite, el arresto de Jaume Matas en Segovia, en simple posada nocturna. Sobre todo cuando la junta de tratamiento del centro se había opuesto claramente a la concesión del tercer grado. Matas no es, evidentemente, un preso cualquiera. Arrastra las consecuencias de sus antecedentes de rango institucional y político, aprisionados, ya de por vida, a una forma muy particular de hacer y deshacer las cosas. Ha tenido muchos beneficios a su favor. Aparte de los que ofrece la Justicia al común de los mortales, una inviable petición de recurso que le ha servido para dar largas al asunto y ganar tiempo y hasta un ministerio de Justicia cuyos portavoces han intentado dar la vuelta a la pena indicando que se acentuaba el castigo por ser Matas quien fue. En este trámite de la prisión para el expresident que ejerció el tráfico de influencias y favores para contratar a Antonio Alemany, las palabras han tenido imposibles recursos para confrontar con los hechos y los comportamientos.

Ayer el juez de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid retiró el tercer grado a Jaume Matas. Le vino a decir, en traducción vulgar del lenguaje jurídico y formal propio de la resolución dictada, que no ha aprobado. Que su comportamiento entre rejas, al cumplirse un tercio de la pena impuesta, es decir, entre el 28 de junio y el 29 de octubre, no comporta méritos suficientes para que sólo pueda volver a ella para dormir. Por si acaso, el firmante del auto judicial recuerda que "es perfectamente posible estar reinsertado pero no reeducado". Hemos entendido que Matas no tiene dificultad alguna para desenvolverse en sociedad pero sigue sujeto al problema mayor de no haber asumido culpa ni mostrar actitud de cambio de conducta. Es más, ahora cultiva el papel de cebo victimista para condenar a Iñaki Urdangarin. En incongruencia, no tiene competencia.

Como si conociera al penado de toda la vida, el juez le retrata escribiendo que "en la corrupción política, el integrado socialmente no duda en romper las barreras de la ley para satisfacer su propio interés". Tampoco sirve el argumento de necesidad de asistencia sanitaria porque, según el auto que revoca el tercer grado, en prisión hay más facultativos y sanitarios que en los centros de ciudadanos libres. La Audiencia vuelve a tener la última palabra pero se vislumbran pocos cambios.

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