La defensa de Jaume Matas, dentro del caso Palma Arena, hizo en su día de las escuchas telefónicas practicadas por la Policía a los principales implicados toda una cuestión trascendental. Los abogados Rafael Perera y Manuel Ollé se apoyaron en buena parte en un supuesto exceso de los investigadores, para divulgar la creencia de que quedaban vulnerado los derechos fundamentales de Jaume Matas, su esposa, su cuñado y el presunto testaferro Bartomeu Reus, puesto que se habían registrado los diálogos telefónicos de éstos con sus letrados. Hasta tal extremo se apoyaron los abogados y sus clientes en esta tesis, que decidieron apelar a la Audiencia solicitando la retirada de las grabaciones como prueba procesal.

El tribunal de revisión ya ha hecho su trabajo y lo ha resuelto en el sentido de que no hay lugar a otorgar lo solicitado, es decir, da por válidas las escusas telefónicas aportadas por sorpresa por el juez Castro durante la declaración de Jaume Matas. La sala de refuerzo de la Audiencia de Palma justifica el trabajo de grabación de la Policía en la sospecha fundada de que los imputados estaban maquinando toda una compleja operación de lavado de fondos. Comprobado que Matas y allegados habían incrementado su patrimonio de forma notable durante muy poco tiempo, se trataba –y se trata todavía, porque el asunto sigue en proceso judicial– de verificar si se estaba blanqueando dinero negro procedente de sobornos y cohechos.

La Audiencia de Palma ha hallado un soporte que parece irrebatible para avalar las escuchas telefónicas del caso Palma Arena. Se ampara en una sentencia reciente del Tribunal Constitucional que viene a decir que actuaciones de este tipo mantienen la legalidad cuando existen "indicios de la posible comisión de un hecho grave y de conexión entre las personas afectadas" o "algo más que simples sospechas".

Es la forma de decir, en lenguaje formal y con soporte jurídico, que el fin debe justificar los medios. O que debe haber una relación directa entre causa y efecto. En el caso Palma Arena, a media que se han ido conociendo sus contenidos, resulta evidente que se han necesitado y probablemente todavía se requieren, abundancia de medios profesionales y técnicos. Que policías, fiscales y jueces hayan podido disponer de ellos ya es otra cosa.

La privacidad es sagrada y dentro de ella, las conversaciones particulares constituyen uno de sus máximos valores. Asumido está que se trata de un elemento y un derecho fundamental en el que se basa la libertad de las personas y el propio Estado de derecho. Pero, como contrapunto, este mismo argumento no puede servir para justificarlo todo y, de paso, tapar sospechas y confusiones. Entonces entraríamos en el blanqueo del vocabulario, en la práctica de dar a las palabras ni el sentido ni la utilidad que tienen. El problema del caso Palma Arena y de la actuación del Govern Matas en él, no es que se haya acabado pinchando teléfonos. Está en las presuntas irregularidades cometidas y el presupuesto desorbitado en grado sumo.