Reporteros Sin Fronteras (RSF) en España mostró ayer su preocupación por una sentencia reciente del Tribunal Constitucional que rechaza el uso de cámara oculta en el periodismo de investigación.

El fallo de la sala primera prohíbe el uso de estas cámaras, que permiten grabar imágenes sin que el sujeto de la grabación se aperciba de ello. La sentencia considera su uso "ilegítimo" aun cuando la información obtenida sea de relevancia pública.

Según Malén Aznárez, presidenta de RSF-España, "la libertad de información no es una patente de corso", pero "una sentencia tan amplia puede perjudicar al periodismo de investigación y al derecho a la información".

Por su parte, la periodista y presentadora de TVE Pepa Bueno cree que no se debe "criminalizar ningún instrumento, sino su uso", ya que estos dispositivos pueden servir para revelar hechos que de otro modo permanecerían ocultos para la ciudadanía, como son los cárteles de la droga, sobornos o mafias de trata de mujeres.

El Tribunal Constitucional sentenció el pasado lunes el uso de la cámara oculta por considerarlo "ilegítimo", denegando así el amparo a Canal mundo producciones audiovisuales, S. A y a la televisión autonómica Valenciana, S. A por su uso en un programa de televisión.

Se trata de la primera ocasión en que el alto tribunal aborda la cuestión del uso de cámaras ocultas en el ámbito periodístico y la conclusión es que declara constitucionalmente prohibida este tipo de prácticas por entender que colisionan directamente con los derechos fundamentales (honor, intimidad e imagen) independientemente de la relevancia pública del objeto de la investigación, según informa el propio TC.

La sentencia se enmarca después de que una periodista contratada por la productora Canal mundo producciones acudiera a la consulta de una esteticista y naturista haciéndose pasar por una paciente y, durante la cita, que se celebró en la vivienda que la esteticista tenía destinada a consulta, grabó a su entrevistada, su voz e imagen, por medio de una cámara oculta, que después se cedió a la televisión Valenciana.

La protagonista del reportaje televisivo interpuso una demanda porque entendía que los comentarios expresados en dicho programa lesionaban su derecho al honor y porque la captación y publicación de sus imágenes dañaban su derecho a la propia imagen y a la intimidad.