Sanción
Multan a un restaurador que usaba a sus empleados que cobraban del paro
Los trabajadores ayudaban al empresario a preparar el negocio de cara a la temporada, pero sin contrato

La Seguridad Social denunció al empresario alemán dueño de un restaurante en Can Pastilla. / DM
Un empresario, propietario de un conocido restaurante de la zona de Can Pastilla, tendrá que abonar una importante multa económica, porque estuvo aprovechándose de la ayuda de dos empleados del negocio, que en ese momento no estaban contratados, sino que estaban cobrando del paro. El empresario aseguró que se trató de un favor, puesto que se había producido un problema en el local, y que en realidad no estaban trabajando para él en el negocio de restauración. Sin embargo, el TSJB rechaza toda la argumentación del sancionado y confirma la multa económica, que alcanza la cifra de 28.802 euros.
La sanción se adoptó a propuesta de un inspector de la Dirección General de Trabajo. Los hechos se sitúan en el mes de febrero del año 2022. En esas fechas la administración estaba desarrollando una campaña para descubrir los casos de extranjeros que estaban trabajando de manera ilegal en Balears, sobre todo en negocios de hostelería.
Este inspector se encontraba ese día realizando comprobaciones por la zona turística de Can Pastilla. De pronto, se fijó en la actividad que se estaba desarrollando en un restaurante de la zona, que en ese momento estaba cerrado al público, pero que había en su interior varias personas trabajando. El funcionario entró en el negocio y se presentó. De inmediato se dio cuenta que lo que se estaba haciendo era determinados trabajos para el acondicionamiento y reforma del negocio. En el suelo había materiales de pintura y de albañilería.
Cuando entró en el restaurante había cuatro personas en el interior. Una de ellas era el propietario, de nacionalidad alemana, que estaba acompañado de su esposa. También había dos trabajadores extranjeros, que estaban colaborando en las tareas de reforma del establecimiento.
Ambos extranjeros solían trabajar durante los meses de la temporada turística en este restaurante, bajo un contrato.
Sin embargo, como en el momento en el que entró el inspector el negocio todavía no estaba en funcionamiento, a ninguno de los dos empleados se les había renovado el contrato. Es decir, estaban cobrando el desempleo, por lo que no podían trabajar de ninguna manera en el restaurante, puesto que su sueldo lo abonaba el Estado y no el restaurador que se estaba beneficiando de esta colaboración.
El inspector, en el informe que realizó, señaló que no tenía ninguna duda de que estas dos personas extranjeras y sin contrato estaban trabajando para el empresario, puesto que ambos estaban en ese momento en la cocina. Uno de ellos estaba limpiando con una escoba y su compañero estaba retirando el agua que se había acumulado en el suelo.
El inspector, ante esta situación, le exigió al empresario que le entregara toda la documentación, tanto de la sociedad, como de los contratos de los dos extranjeros.
El empresario, según detalla la sentencia del TSJB, entregó los documentos de la empresa, así como un certificado de matrimonio, lo que evidenciaba que la mujer que se encontraba en el momento de la inspección era su esposa. Sin embargo, no aportó ningún documento que acreditara que los dos extranjeros estaban trabajando bajo la cobertura de un contrato legal. El inspector comprobó, a través de la base de datos, que la temporada anterior estas dos personas habían estado trabajando en el restaurante en funciones de ayudante. Terminaron el contrato y solicitaron su derecho a cobrar el subsidio del desempleo, que fue aprobado. Estaban a la espera de volver a empezar la temporada, pero en el momento que el inspector de trabajo irrumpió en el restaurante todavía no habían firmado el nuevo contrato para empezar a trabajar en la nueva temporada.
La sentencia destaca que el empresario intentó adelantar la fecha de los dos nuevos contratos para evitar la sanción, pero la administración no se lo permitió.
La inspección tramitó el correspondiente expediente y llegó a la conclusión de que los hechos eran constitutivos de dos infracciones muy graves, que se saldaban con la imposición de una severa sanción económica. En este caso, la multa alcanzó la cifra de casi 29.000 euros.
El empresario se excusó diciendo que los empleados habían acudido a prestarle ayuda porque en el local se había producido una inundación de agua. Es decir, le estaban ayudando como amigos, no como empleados con contrato en vigor.
El tribunal, para confirmar esta elevada sanción económica, rechaza que el empresario pueda alegar la benevolencia de sus empleados para justificar que estaban trabajando en su negocio sin el correspondiente contrato legalizado. Dice la sentencia que el hecho de que el restaurador hubiera intentado adelantar la fecha de la contratación, después de sufrir la visita de la inspección, pone en duda que los empleados le estaban únicamente ayudando. Por ello, se confirma la gravedad del comportamiento de este empresario.
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