Un juez impone la custodia compartida de dos perros a una pareja de Palma que se separó
La Audiencia impone que los animales estén una semana con cada uno de sus propietarios, que se han divorciado sin tener descendencia

La Audiencia aboga por el bienestar de los animales / Archivo
La Audiencia de Balears ha vuelto a defender que se imponga la custodia compartida sobre dos perros de compañía. Este pronunciamiento se produce en un enfrentamiento que ha mantenido un matrimonio que reside en Palma, que no tuvo hijos, durante el proceso de divorcio. Discutían, además de por cuestiones económicas, sobre quién de los dos cónyuges debía hacerse cargo del cuidado permanente de los dos animales. El tribunal, sin embargo, ha optado por una medida mucho más equilibrada, que no perjudique a ninguno de los dos, pero sobre todo beneficie a los dos canes. La sentencia impone un régimen de custodia compartida, de tal manera que los viernes de cada semana uno de ellos tendrá que entregarle a su expareja los animales, para que permanezcan con ella los siguientes siete días. Este intercambio se producirá todas las semanas mientras los animales vivan. La persona que disfrutará de la compañía de los canes también tendrá que hacerse cargo de los gastos de alimentación. En cambio, los gastos que puede generar una atención sanitaria de los perros, así como la asistencia a la peluquería, se pagarán a partes iguales, según ha establecido la sentencia. Los jueces consideran que este sistema de custodia compartida es el que más va a beneficiar a los animales, sobre todo teniendo en cuanta los años de convivencia que han estado en compañía de los dos integrantes del matrimonio. Este régimen compartido se impone a pesar de que en los documentos figure que la propietaria de los animales es la mujer.
Es la segunda vez que la Audiencia de Balears se pronuncia sobre el futuro de los animales de compañía tras la ruptura sentimental de sus dueños. En la primera sentencia también se apostó por este régimen de custodia compartida, puesto que era el sistema que más iba a beneficiar a los animales.
En este segundo caso donde se plantea el mismo conflicto fue la mujer la que se oponía a dicho régimen de custodia compartida. La mujer dijo que era cierto que en ocasiones, tras la separación, permitió que su exmarido pudiera visitar a los animales. Sin embargo, dijo que estas visitas habían cesado porque el esposo solía viajar con frecuencia al extranjero. Y, además, explicó a los jueces que era ella quien se encargaba del cuidado de los animales.
El tribunal, por encima de cualquier circunstancia, ha valorado el prolongado tiempo que los animales han permanecido en compañía de los dos integrantes del matrimonio. Por lo tanto, aunque la pareja se haya separado, el vínculo efectivo con los perros no ha desaparecido. Esta circunstancia justifica que se defienda el régimen de custodia compartida.
El anterior caso donde se aplicó este régimen no era exactamente igual. Se trataba de una pareja que no se había casado, pero había mantenido una larga convivencia en el mismo domicilio. El animal, según la documentación, pertenecía al hombre y desde que se separó de su pareja no había permitido que ella hubiera mantenido el más mínimo contacto con el animal.
La mujer, que había tenido una convivencia diaria con el perro durante un largo periodo de seis años, no estuvo dispuesta a aceptar que la separación de su novio la alejará del animal. Continuaba sintiendo un gran cariño por el animal y no quería apartarse de él. Por ello, acudió a los tribunales para exigir su derecho a poder cuidar del perro, aunque formalmente fuera propiedad de su exnovio.
El primer juez que estudió el caso estableció que la mujer podía permanecer una semana al mes con el perro y que durante este tiempo se encargaría de su cuidado. Sin embargo, esta decisión no satisfizo a la demandante, que apeló a la Audiencia. En este caso, el tribunal sí aplicó el régimen de custodia compartida. La sentencia estableció que el perro estaría conviviendo una semana con cada uno de los integrantes de esta pareja ya separada. La entrega se realizaría, no en la calle como se ordenó inicialmente, sino en el domicilio de cada uno de ellos. Como la sentencia ya es firme, en estos momentos este régimen de cuidado compartido del animal ya se está cumpliendo.
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