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Absuelven al nieto de una exdiputada del PP de un delito electoral por llegar tarde a su mesa en Palma

La jueza exculpa al joven ante las dudas surgidas en el juicio y al no haber quedado probada la voluntad de incumplir su obligación como ciudadano

El acusado se personó en el colegio la mañana del 9 de junio de 2024 en las pasadas elecciones europeas

Una persona ejerce su derecho a voto en las pasadas elecciones europeas del 9 de junio de 2024.

Una persona ejerce su derecho a voto en las pasadas elecciones europeas del 9 de junio de 2024. / E.P.

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B. Palau

B. Palau

Palma

Una magistrada de Palma ha absuelto a un joven estudiante mallorquín, que reside en Madrid y que es nieto de una exdiputada del Partido Popular (PP), de un delito electoral por haber llegado tarde a la constitución de su mesa en las pasadas elecciones al Parlamento Europeo en junio de 2024.

La jueza exonera al acusado ante las dudas surgidas durante el juicio, en el que no existió una prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia del joven y no se pudo acreditar la voluntariedad en querer incumplir su obligación como ciudadano, ya que el muchacho compareció en el colegio electoral de Palma la mañana del 9 de junio de 2024, “aunque tarde”, según detalla la sentencia.

“Por tanto, es plausible que el acusado llegara tarde cuando la mesa ya estaba constituida, razón por la cual no consta en el acta como comparecido”, argumenta la magistrada.

“Los dos testigos que han comparecido han confirmado que la mesa electoral se constituyó sin ninguna incidencia a la hora establecida al haber comparecido las demás personas convocadas a tales efectos”, añade la resolución judicial, que ya es firme.

La fiscalía había solicitado para el estudiante mallorquín una pena de seis meses de prisión por un delito electoral. Mientras, el abogado defensor, Gregorio Illescas, reclamó la libre absolución de su representado.

Al final, la jueza ha tenido en cuenta la tesis alternativa planteada por la defensa, que suscita una “duda razonable” por la que acaba absolviendo al joven.

Según se declara probado en la sentencia, en fecha 9 de junio de 2024 se celebraron en el territorio español las elecciones al Parlamento Europeo. El acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, había sido seleccionado para integrar en calidad de suplente de vocal una mesa electoral en un colegio de Palma. El 29 de mayo de 2024 se le notificó que había sido designado para constituir la mesa.

El día de las votaciones no compareció a la hora preceptiva a las ocho de la mañana, sino que lo hizo más tarde, antes de abrir la mesa electoral, a las nueve de la mañana, sin que se hiciera constar dicha incidencia.

La mesa electoral se constituyó sin ningún contratiempo a la hora establecida al haber comparecido las demás personas convocadas a tales efectos, según se desprende de la sentencia.

Prueba insuficiente

La magistrada subraya que los hechos declarados probados no constituyen un delito electoral, ya que la prueba de cargo presentada por la acusación es insuficiente para quebrar la presunción de inocencia que ampara al acusado.

La fiscalía aportó como prueba de cargo la documental en la que se acredita la notificación del encausado para acudir a conformar la mesa electoral, además del acontecimiento en el que el acusado no se presentó ni formuló alegaciones.

Sin embargo, un testigo, que era suplente y que le tocó presidir la mesa, manifestó que el acusado llegó un poco tarde, cinco o diez minutos antes de abrir la mesa electoral. El hombre recordó que la mesa se constituyó correctamente y pudo abrirse a las nueve de la mañana.

También declaró como testigo en el juicio la abuela del joven, exdiputada del PP y exconcejala de Cort, quien corroboró que ella es apoderada de un partido desde hace muchos años y que ese día estaba presente en la jornada electoral. La expolítica explicó que ella sabía que su nieto, que estudia fuera de la isla, tenía que estar en la mesa electoral y por ello vino expresamente de Madrid la noche anterior.

La testigo confirmó que su nieto no llegó a las ocho de la mañana, pero vino corriendo en bus porque no le había sonado el despertador. Según su versión, la mesa electoral en la que él tenía que estar estaba tranquila y organizada. La mujer añadió que el fallo fue no pedir un certificado de asistencia.

Además, la defensa aportó los billetes de avión de Madrid a Palma del 8 de junio de 2024 para acreditar que viajó a la isla.

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