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Competencia lleva a los tribunales parte del decreto balear del taxi y los VTC

Competencia considera que la norma introduce restricciones innecesarias, desproporcionadas y discriminatorias que perjudican a consumidores y operadores del sector.

Los taxistas reclaman cambios en el reglamento sobre su actividad y la de los VTC

Los taxistas reclaman cambios en el reglamento sobre su actividad y la de los VTC / B. Arzayus

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EFE

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recurrido varios artículos del decreto balear que regula los servicios de taxi y VTC al considerar que restringen la competencia de forma injustificada y pueden perjudicar a consumidores y operadores.

El organismo estatal considera que se introducen restricciones "innecesarias, desproporcionadas y discriminatorias" que limitan la competencia y pueden perjudicar tanto a los consumidores como a los operadores del sector.

Un recurso contra varios artículos

El organismo independiente ha informado este viernes de la interposición del recurso contra diversos preceptos del decreto 6/2026, aunque precisa que no cuestiona la norma en su conjunto, sino únicamente aquellas medidas que afectan al acceso y al ejercicio de la actividad y que, a su parecer, carecen de una justificación suficiente desde el punto de vista de la competencia.

El recurso abre ahora un procedimiento ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que será la encargada de determinar si los artículos impugnados se ajustan o no al ordenamiento jurídico.

Antes de acudir a los tribunales, la CNMC dirigió un requerimiento al Govern para que modificara o eliminara los artículos que consideraba problemáticos con el fin de evitar la impugnación judicial, si bien el Ejecutivo autonómico lo rechazó.

La CNMC sostiene que las disposiciones impugnadas establecen barreras que restringen la entrada de nuevos operadores, reducen la oferta de servicios y limitan la capacidad de elección de los usuarios sin que exista una justificación proporcionada en términos de interés general.

Antigüedad de los vehículos

Uno de los aspectos recurridos es la exigencia de que los vehículos destinados a nuevas autorizaciones de taxi y VTC tengan una antigüedad inferior a dos años desde su primera matriculación.

Para Competencia, esta limitación impide el acceso de vehículos que podrían prestar el servicio en condiciones adecuadas sin que se demuestre que esa restricción mejora la calidad, la seguridad o la eficiencia del transporte.

Otro de los puntos cuestionados es la longitud mínima de los vehículos exigida por el decreto. La normativa fija un tamaño mínimo de 4,35 metros tanto para taxis como para VTC, aunque contempla excepciones para determinados vehículos impulsados por energías alternativas.

La CNMC considera que esta exigencia reduce de manera injustificada la oferta de vehículos menos contaminantes y de menor tamaño, que además contribuirían a una utilización más eficiente del espacio público y facilitarían la movilidad urbana sin menoscabar el confort de los usuarios.

Límite a las autorizaciones VTC

El recurso también afecta al límite máximo de tres solicitudes de autorizaciones VTC que puede presentar un mismo titular en cada convocatoria municipal.

Esta medida restringe la entrada de nuevos operadores y dificulta que las empresas puedan beneficiarse de economías de escala, lo que, en su opinión, repercute negativamente en la competencia y reduce las posibilidades de que los usuarios accedan a precios más competitivos.

Prohibición del alquiler compartido

Otra de las medidas impugnadas es la prohibición del alquiler compartido en los servicios VTC. El decreto balear impide contratar un vehículo por plazas con pago individual, una modalidad conocida como coche compartido.

Para la CNMC, esta restricción elimina una fórmula que permitiría ampliar la oferta disponible, abaratar el coste del transporte para los usuarios y contribuir a reducir tanto la congestión del tráfico como las emisiones contaminantes derivadas del uso del vehículo privado.

Tarifas y precios dinámicos

El organismo también discrepa de la obligación impuesta a las empresas de VTC de publicar sus tarifas en una página web, y ha recurrido también el artículo que permite limitar las subidas de precios de los VTC en momentos de elevada demanda.

Según la CNMV, restringir la posibilidad de aplicar precios dinámicos puede provocar un efecto contrario al pretendido.

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