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Aprueban en Baleares un nuevo Protocolo de Prevención contra el acoso sexual con nuevas medidas de protección

El nuevo documento del Servicio de Salud de las Illes Balears busca prevenir, actuar y proteger a las víctimas de acoso con una terminología más actualizada

Imágen de la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad del Servicio de Salud de las Illes Balears durante la aprobación de nuevo Protocolo de Prevención

Imágen de la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad del Servicio de Salud de las Illes Balears durante la aprobación de nuevo Protocolo de Prevención / Govern de les Illes Balears

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Palma

La Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad del Servicio de Salud de las Illes Balears ha aprobado esta mañana el nuevo Protocolo de prevención y actuación en los casos de acoso sexual o por razón de sexo, como la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género. El anterior protocolo, hasta hoy vigente, se aprobó en 2022.

Una de las principales novedades de esta iniciativa es una nueva inclusión del concepto de acoso “por expresión de género”, que consiste en la conducta de agredir, humillar o discriminar a una persona por cómo manifiesta su género (a través de su ropa, modales, voz o apariencia). También se ha incluido términos, como el ciberacoso sexual, acoso de intercambio, chantaje sexual o de tipo ambiental.

Por otra parte, en este nuevo documento, toda la información ya queda integrada en los planes de acogida para los nuevos empleados, dentro de las medidas preventivas. Asimismo, el protocolo pretende incorporar una terminología más inclusiva.

En la sesión de la Comisión, han estado presentes el director general del Servicio de Salud, Javier Ureña; la directora de Recursos Humanos del Servicio de Salud, Margalida Bujosa; y la subdirectora de Relaciones Laborales y Atención al Profesional, Verónica Segura; así como otros representantes sindicales. Los objetivos son prevenir el acoso, actuar en situaciones detectadas y proteger a las víctimas.

¿Cómo funciona?

El protocolo determina los tipos de conductas en función del acoso. En el caso de acoso o ciberacoso sexual, se contemplan actos como hacer bromas sexuales o invadir el espacio personal. Si se trata de acoso por razón de sexo, orientación sexual o identidad o expresión de género, se mencionan actos como asignar tareas discriminatorias, faltas de respeto a la identidad o imposición de normas de apariencia, entre otras.

En todos los casos, intervienen la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad, que evalúa los casos y emite un informe final. También participan el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, que se dedica a asesorar antes de que se presente la solicitud de activación de protocolo; y la Asesoría Confidencial, que acompaña a las víctimas y se encarga de los casos más leves.

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