Cheque Canguro 2026 en Baleares: requisitos, plazos y cómo solicitar la ayuda paso a paso
El Govern ha abierto la convocatoria para solicitar esta ayuda. Estas son las cuantías, los requisitos, los plazos y el procedimiento para solicitarla

FOTO: Pexels | VÍDEO: Redacción Digital
Las familias de Baleares ya pueden preparar la documentación para solicitar el nuevo Cheque Canguro 2026, una línea de ayudas impulsada por el Govern destinada a sufragar parte de los gastos derivados del cuidado de los hijos y favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
La convocatoria está dirigida a familias con menores de 14 años o con hijos e hijas menores de 21 años con discapacidad y se estructura en tres programas, según el tipo de servicio de conciliación utilizado: cuidado en el domicilio, servicios durante el periodo escolar y actividades fuera del calendario lectivo.
Un aspecto importante es que las ayudas no se conceden por concurrencia competitiva, sino por orden de entrada de las solicitudes completas y correctamente presentadas, hasta agotar el crédito disponible. Por ello, el Govern recomienda preparar toda la documentación antes de que se abra el plazo de cada programa.
¿Quién puede solicitar el Cheque Canguro?
Podrán beneficiarse de estas ayudas las familias que tengan hijos menores de 14 años o menores de 21 años con discapacidad, siempre que cumplan los requisitos fijados en la convocatoria.
El requisito económico principal es que la renta per cápita anual de la unidad familiar no supere los 30.000 euros. Para calcularla se suman los ingresos anuales de todos los miembros de la familia y el resultado se divide entre el número de personas que forman la unidad familiar.
Requisitos generales para acceder a la ayuda
Las personas solicitantes deberán cumplir las siguientes condiciones:
- Estar empadronadas y residir en Baleares en el momento de presentar la solicitud y durante el periodo subvencionable.
- Acreditar una actividad laboral o situación asimilada, por cuenta propia o ajena, que justifique la necesidad de conciliación.
- Tener una renta per cápita igual o inferior a 30.000 euros anuales.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de reintegro de subvenciones.
- Presentar la solicitud dentro del plazo correspondiente.
- Justificar correctamente los gastos subvencionables.
- Conservar toda la documentación justificativa durante cinco años.
No podrán acceder a estas ayudas quienes estén incursos en alguna de las prohibiciones para obtener subvenciones públicas, quienes no estén al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, o quienes tengan pendientes reintegros de subvenciones.
Cada familia podrá presentar hasta tres solicitudes, una por cada uno de los programas previstos.
Documentación común para todas las solicitudes
Con carácter general, será necesario presentar:
- Solicitud y declaraciones responsables.
- Certificado de titularidad bancaria.
- Libro de familia o documento equivalente.
- Documentación acreditativa de familia numerosa, monoparental, tutela o acogimiento, cuando corresponda.
- Formulario de representación, en caso de actuar mediante representante.
Cómo solicitar el Cheque Canguro 2026
La tramitación deberá realizarse preferentemente por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la CAIB, aunque también podrá presentarse por cualquiera de los medios previstos legalmente.
Cada programa cuenta con su propio plazo de presentación, por lo que conviene comprobar las fechas antes de iniciar el trámite.
Además, la Dirección General de Conciliación y de Igualdad en el Ámbito Laboral ha habilitado en su página web toda la información de la convocatoria y un apartado de preguntas frecuentes para ayudar a las familias durante el proceso.
Programa 1: cuidado de los hijos en el domicilio
Esta modalidad está dirigida a las familias que contratan a una persona trabajadora del hogar para cuidar de sus hijos en el domicilio familiar.
El objetivo es cubrir una parte de los gastos derivados de esta contratación para facilitar la conciliación entre el trabajo y el cuidado de los menores.
¿Qué gastos cubre?
La ayuda puede subvencionar:
- Los costes salariales de la persona contratada.
- Las cotizaciones a la Seguridad Social.
- Otros gastos asociados a la contratación.
- Gastos indirectos de gestión y administración, hasta un máximo del 20 % del gasto subvencionable.
- Facturas de entidades del tercer sector social, cuando proceda.
Requisitos específicos
Además de los requisitos generales, será necesario:
- Convivir o estar empadronado con el menor durante todo el periodo subvencionable.
- Desarrollar una actividad laboral remunerada, con carácter general a jornada completa.
- Que la persona trabajadora tenga un contrato formalizado por escrito y esté dada de alta en el Sistema Especial de Empleados del Hogar.
- Solo podrá presentarse una solicitud por domicilio y por persona trabajadora.
Cuantía
La ayuda puede alcanzar hasta 4.000 euros por unidad familiar.
Plazo de solicitud
- Gastos subvencionables: del 1 de enero al 30 de septiembre de 2026.
- Presentación de solicitudes: del 1 al 31 de octubre de 2026.
Documentación específica
Para justificar la ayuda habrá que presentar:
- Nóminas.
- Justificantes bancarios del pago de los salarios.
- Recibos o justificantes de las cuotas de la Seguridad Social.
- Documentos de alta y baja laboral.
- Justificantes de los gastos indirectos.
- Facturas de la entidad del tercer sector, cuando corresponda.
Programa 2: ayudas durante el periodo escolar
Este programa está pensado para las familias que necesitan servicios de atención, cuidado y custodia durante el curso escolar.
Permite cubrir gastos como la escuela matinera, la permanencia antes del inicio de las clases, después del comedor o tras la jornada lectiva.
¿Qué gastos cubre?
Son subvencionables los servicios de cuidado y custodia prestados en centros educativos o instalaciones vinculadas.
También se incluyen los servicios prestados en centros de educación infantil y de educación especial.
Requisitos específicos
- Las actividades deben haberse realizado dentro del periodo escolar subvencionable.
- Los gastos deberán estar debidamente justificados.
- El servicio tendrá que cumplir la normativa sobre seguridad, sanidad y protección de menores.
Cuantía
La ayuda puede llegar a 1.000 euros por menor.
Plazos
- Gastos subvencionables: del 1 de enero al 19 de junio de 2026.
- Solicitudes: del 1 al 31 de julio de 2026.
Documentación específica
Será necesario aportar:
- Justificantes de los gastos subvencionables.
- Certificado de titularidad bancaria.
- La documentación familiar que pueda requerirse.
Programa 3: ayudas para vacaciones y periodos no lectivos
Esta modalidad está destinada a las familias que necesitan servicios de conciliación durante las vacaciones escolares.
La ayuda cubre parte de los gastos de escuelas de verano, campamentos, actividades vacacionales y otros servicios de cuidado desarrollados en Baleares.
¿Qué gastos cubre?
Son subvencionables las actividades de conciliación realizadas fuera del calendario escolar.
Requisitos específicos
- Las actividades deben desarrollarse en Baleares.
- Deben realizarse dentro de los periodos subvencionables.
- Los gastos tienen que estar correctamente justificados.
- Si también se solicita el Programa 2, habrá que indicar el importe de los gastos correspondientes a cada menor.
Cuantía
La ayuda puede alcanzar hasta 1.000 euros por menor.
Plazos
Los gastos subvencionables comprenden:
- Del 1 al 6 de enero de 2026.
- Del 2 al 12 de abril de 2026.
- Del 20 de junio al 9 de septiembre de 2026.
Las solicitudes podrán presentarse del 10 de septiembre al 9 de octubre de 2026.
Documentación específica
Será necesario aportar:
- Justificantes de los gastos.
- Certificado de titularidad bancaria.
- Documentación familiar correspondiente.
- Declaración responsable adicional si también se solicita el Programa 2.
¿Se pueden solicitar varias ayudas?
Sí. Los programas de periodo escolar y fuera del periodo escolar son compatibles.
Esto significa que una familia puede solicitar ambas ayudas, aunque la cuantía máxima conjunta será de 1.000 euros por menor.
Además, cada unidad familiar puede presentar hasta tres solicitudes, una por cada programa.
Calendario de solicitudes del Cheque Canguro 2026
- Programa 1 (cuidado en el domicilio): gastos subvencionables del 1 de enero al 30 de septiembre de 2026. Solicitudes del 1 al 31 de octubre de 2026.
- Programa 2 (periodo escolar): gastos subvencionables del 1 de enero al 19 de junio de 2026. Solicitudes del 1 al 31 de julio de 2026.
- Programa 3 (vacaciones y periodos no lectivos): gastos subvencionables del 1 al 6 de enero, del 2 al 12 de abril y del 20 de junio al 9 de septiembre de 2026. Solicitudes del 10 de septiembre al 9 de octubre de 2026.
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