Ley Ómnibus
El Govern podrá modificar a voluntad el Parque Natural de es Trenc, permitir la pesca profesional y recreativa en aguas protegidas y reducir los mecanismos de participación ambiental
La ley Ómnibus otorga al Consell de Govern la potestad de modificar mediante decreto cualquier norma de es Trenc: desde instalar chiringuitos a otros servicios de playa o turísticos ahora vedados
Elimina un artículo y cambia otros siete de la Ley para la conservación de los espacios de relevancia ambiental, reduciendo a más de la mitad los periodos de exposición pública de las modificaciones y eliminando informes previos preceptivos

Una pareja camina por la orilla de la playa de es Trenc / Redacción Digital

El Govern ha convertido la Ley de aceleración de proyectos estratégicos o Ley Ómnibus en un órdago contra la protección de los espacios naturales protegidos de Baleares. Y lo ha hecho sin necesidad de debate parlamentario sobre las nuevas medidas introducidas vía enmienda en el nuevo texto legal, que entró en vigor el pasado domingo, ni tampoco sobre el impacto futuro en el medio ambiente de las islas.
La nueva ley cambia directamente el régimen jurídico del Parque Natural de es Trenc-Es Salobrar de Campos, que aprobó en 2017 el Parlament balear con el voto en contra del PP y la abstención de Ciudadanos. La modificación que introduce la Ley Ómnibus es una disposición de "deslegalización", que otorga al Consell de Govern la potestad de modificar mediante decreto cualquiera de las normas que rigen el funcionamiento del parque natural, sin especificar nada más ni explicar cuál es el objetivo de este cambio sobre la que ya alertaron Més per Mallorca y el grupo ecologista GOB durante la tramitación de la ley.
El Govern ha explicado que su única intención no es desproteger Es Trenc sino aprobar por decreto el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural, es decir, el documento básico para gestionar el espacio protegido que regula la ordenación de sus recursos, define sus límites y establece sus objetivos para un periodo de tiempo determinado, que está pendiente desde de aprobación desde 2017, cuando se creó el parque natural. Pero la modificación realizada le da un margen muy amplio para mucho más: instalaciones como chiringuitos, aparcamientos o servicios de playa o nuevos usos turísticos. Cualquier cambio es posible con la modificación introducida.

Vista del arenal de la playa de es Trenc / Redacción Digital
No es la única modificación de alcance medioambiental que el Govern introduce en la Ley Ómnibus. También modifica siete artículos y suprime uno del Ley para la conservación de los espacios de relevancia ambiental de Baleares (LECO), que establece el régimen jurídico general para la declaración, protección, conservación, restauración, mejora y adecuada gestión de los espacios de relevancia ambiental de las Islas Baleares, del Parque Nacional de Cabrera al Parque Natural de sa Dragonera pasando por el Paraje Natural de la Serra de Tramuntana, así como los lugares de la red ecológica europea Natura 2000.
En primer lugar, en el procedimiento de elaboración de instrumentos de planificación de los espacios de relevancia ambiental se reduce de manera muy significativa el tiempo de audiencia a las personas interesadas y también el tiempo de exposición pública de los proyectos: de los dos meses previstos anteriormente a los 30 días naturales de ahora. Lo mismo sucede con las modificaciones puntuales que se establezcan en estos espacios protegidos, es decir, aquellas que se supone que no constituyen un cambio significativo en la zona de protección, cuya audiencia pública pasa de los dos meses a solo 20 días con la modificación del Govern. Precisamente, la Ley Ómnibus suprime el artículo 9 de esta ley, donde se establece el procedimiento para elaborar o modificar el plan de ordenación de recursos naturales de cada espacio protegido. Con ello se reduce la transparencia de los procedimientos, la participación de la ciudadanía y las entidades en el enriquecimiento de los cambios o las medidas que se puedan introducir en los procesos participativos.

Una embarcación de pesca tradicional en el puerto del Parque Nacional de Cabrera / Redacción Digital
De los usos pesqueros tradicionales a los profesionales, los recreativos e incluso las competiciones
Otra modificación muy significativa que se establece en la Ley Ómnibus afecta a los usos permitidos en los espacios naturales protegidos, donde el Govern abre la puerta ahora a los "usos pesqueros profesionales y recreativos, incluidas las competiciones de pesca deportiva", donde en el anterior texto los límites a la pesca se quedaban en los "usos pesqueros tradicionales y no tradicionales que sean compatibles" con el instrumento de planificación" y "con los "objetivos de protección" de cada espacio natural.
Otro cambio establece que en la gestión de los espacios naturales protegidos la conselleria competente pueda nombrar autoridades de gestión, que pueden tener competencias decisorias o consultivas, según el caso, y que deben actuar bajo la supervisión del ente autonómico, garantizando la participación de ayuntamientos, consells insulares y propietarios. Sin embargo, en la anterior ley esa participación debía ser proporcional a la aportación económica de cada una de estas entidades y ahora ya no.
Igualmente, el Govern elimina el informe previo del ayuntamiento competente y del Consell de Mallorca obligatorio para autorización de instalaciones o equipamientos en la red de áreas de Lleure a la Natura. Y en el capítulo de sanciones e infracciones elimina la postestad sancionadora del Consell de Govern y reduce esa potestad sancionadora al titular de la conselleria competente para las infracciones muy graves y al titular de la dirección general para las infracciones leves y graves.
Asimismo, deja de ser infracción grave hacer fuego en lugares prohibidos, según las modificaciones establecidas en la Ley Ómnibus. Y dejan de considerarse infracción muy grave los incendios deliberados de masa forestal arbórea en el interior de los espacios naturales protegidos. Los dos acciones desaparecen del catálogo de infracciones, sin pasar a otra categoría.
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