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Polémica por una sentencia que ordena cesar a la coordinadora del centro de salud de Manacor por no ser médica

El TSJIB da la razón a Simebal y avala que la dirección de las zonas básicas de salud recaiga en los médicos

Enfermeras crean una plataforma para defender su colectivo, denunciar el "clasismo" del Sindicato Médico y la "dejadez" del Ib-Salut en el conflicto

El centro de salud de Manacor Sa Torre.

El centro de salud de Manacor Sa Torre. / Ib-Salut

Irene R. Aguado

Irene R. Aguado

Palma

La sentencia que obligará a cesar a la coordinadora de la Zona Básica de Salud de Manacor, Neus Salas Valero, por ser enfermera y no médica, ha sido muy polémica. El fallo es del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), que respalda el criterio del Sindicato Médico de Baleares (Simebal), y ha generado malestar en el colectivo de las enfermeras, que denuncian un retroceso en el modelo de gestión y cuestionan que el acceso a estos cargos dependa de la profesión de origen.

La sentencia afecta directamente a Neus Salas, enfermera que ocupa el cargo desde 2019. Después de más de seis años al frente del centro (con el respaldo de su equipo, según destacan sus compañeras) deberá dejar el puesto si no prospera un recurso antes del 12 de mayo.

Desde el colectivo de enfermeras, la lectura es clara: "El motivo no es su trabajo, sino su titulación", resume una de las profesionales implicadas, que ha impulsado junto a otras compañeras la plataforma Infermeres en lluita, creada hace apenas unos días para visibilizar el conflicto.

El origen del conflicto se remonta a 2019, cuando por primera vez en Baleares una enfermera fue nombrada coordinadora de una zona básica de salud. La normativa vigente, destacan las enfermeras, permitía que el cargo lo ocupara cualquier profesional sanitario de los grupos A1 o A2 (médicos o enfermeras) en base a criterios de mérito, capacidad, experiencia y proyecto de gestión. Sin embargo, Simebal recurrió estas convocatorias al considerar que vulneran la ley que estructura los centros de salud en tres figuras: dirección, responsable de enfermería y responsable de admisión.

El TSJIB ha terminado dando la razón al sindicato médico. En su sentencia, el tribunal concluye que las funciones del cargo, como la coordinación de la actividad asistencial o la evaluación de prescripciones, implican responsabilidades médicas, por lo que "no resulta razonable que ese puesto pueda recaer en una persona que no ostente la condición de facultativo médico". Este criterio se apoya, además, en una sentencia previa del Tribunal Supremo que fija doctrina en el mismo sentido.

Las enfermeras, sin embargo, rechazan esta interpretación y aseguran que el puesto de coordinador es fundamentalmente de gestión, no clínico: "Hablamos de organización de recursos, de equipos, de funcionamiento del centro. No de dirigir la práctica médica", explican.

Según detallan, el problema que ha llevado a esta situación es un "defecto de forma" en la estructura organizativa, ya que al nombrar a una enfermera como coordinadora, no se designó paralelamente una figura de responsable médico que asumiera las competencias clínicas. "Eso se sabía desde hace años y no se hizo nada. Ha habido una dejadez clara por parte del Ib-Salut", critican.

Las profesionales insisten en que la legislación sanitaria establece que las distintas disciplinas son autónomas y no existe jerarquía entre ellas: "Nadie está por encima de nadie. Ni las enfermeras de los médicos ni al revés", subrayan.

La indignación ha llevado a un grupo de enfermeras a organizarse en la plataforma Infermeres en lluita, que ya suma cerca de 300 seguidores en redes sociales. Desde ahí difunden mensajes en los que denuncian lo que consideran un trato discriminatorio. Acusan a Simebal de "clasismo" al entender que el sindicato defiende que la dirección de los centros recaiga exclusivamente en médicos. También critican al Ib-Salut por no haber corregido a tiempo la situación: "No podemos consentir que durante seis años no se haya hecho nada".

Desde el Simebal, sin embargo, defienden que la sentencia responde al cumplimiento de la normativa vigente y no a una cuestión corporativa. En un comunicado lanzado esta mañana, han subrayado que el TSJIB ha confirmado que las competencias de dirección de una zona básica de salud deben recaer en un médico, en coherencia con las funciones asignadas al puesto. El sindicato recuerda que estas incluyen la coordinación de la actividad asistencial y la evaluación de actuaciones clínicas, lo que justificaría que el cargo sea desempeñado por un facultativo.

Igualmente, también han criticado al Ib-Salut y a la gerencia de Atención Primaria: "Resulta lamentable que no se anticiparan al problema", han criticado, teniendo en cuenta que existía ya doctrina del Tribunal Supremo en este sentido y resoluciones similares en otras comunidades autónomas.

Mientras tanto, las enfermeras confían en que que aún pueda presentarse algún recurso que evite el cese, aunque reconocen que los informes jurídicos no son optimistas. El debate de fondo, aseguran, es si los puestos de gestión sanitaria deben depender de la titulación o de la capacitación profesional.

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