Condenado a dos años de prisión un constructor de Mallorca por administración desleal
El acusado deberá indemnizar a la víctima, su antigua socia, con 5.000 euros por daños morales por transmitir un camión y una furgoneta de su empresa a otra con facturas falsas, sin su conocimiento
El empresario tendrá que restituir los dos vehículos a favor de la masa concursal, ya que la sociedad entró en concurso a finales de 2019

El empresario acusado ayer confesó los hechos en la Audiencia de Palma. / B. P.

La Audiencia de Palma ha condenado a dos años de cárcel y una multa a un constructor de la isla por administración desleal por haber transmitido dos vehículos de una empresa a otra con facturas falsas, sin el conocimiento ni el consentimiento de su antigua socia, que no recibió ningún dinero tras la supuesta venta.
El empresario acusado, que se dedicaba a realizar trabajos de jardinería, reconoció los hechos ayer al mediodía ante el tribunal de la Sección Primera. El hombre, de 55 años, se declaró autor responsable de un delito de administración desleal en concurso con otro delito continuado de falsedad en documento mercantil.
Inicialmente, la fiscalía solicitaba para él una pena de tres años de prisión, si bien ayer modificó los hechos y rebajó su petición. La acusación particular se adhirió y la defensa, también, por lo que las partes personadas en el procedimiento alcanzaron un acuerdo que evitó la celebración del juicio.
Tras admitir los cargos, la Sala dictó sentencia in voce y le condenó a dos años de prisión y una multa de nueve meses a razón de seis euros diarios.
En concepto de responsabilidad civil, el tribunal le impuso 5.000 euros de indemnización para la perjudicada, su antigua socia, por los daños morales que le causó, ya que, tras la operación de transmisión de un camión ligero y una furgoneta sin que ella lo supiera, la mujer sufrió una situación de profunda angustia con episodios de ansiedad y depresión que provocaron su baja laboral.
Además, el sospechoso deberá restituir los dos vehículos a favor de la masa concursal, ya que la sociedad perjudicada fue declarada en concurso voluntario de acreedores a mediados de diciembre de 2019, y tendrá que anular la transmisión en el registro de la Dirección General de Tráfico (DGT). Subsidiariamente, si esto no fuera posible, deberá indemnizar a la masa concursal en la cuantía que se determine en ejecución de sentencia por el valor de los dos vehículos.
Las partes personadas indicaron ayer que no iban a recurrir la resolución judicial, por lo que el fallo fue declarado firme.
El acusado constituyó en febrero de 2017 una sociedad junto con su socia, que fue nombrada administradora única de la empresa, dedicada a la construcción y servicios de jardinería. A finales de agosto de 2017, la mujer le otorgó plenos poderes de representación y administración de la mencionada entidad.
Ese mismo año y con la finalidad de llevar a cabo los trabajos de obras, diseño y mantenimiento de jardines, la mercantil compró en agosto de 2017 un camión ligero marca Nissan por 18.150 euros y en noviembre de 2017, una furgoneta Citroën por valor de 15.890 euros.
Desvía el patrimonio
Un año y medio después, en abril de 2019, el empresario encausado, sin el conocimiento ni el consentimiento de la administradora, utilizó los poderes que ella le había concedido para realizar un contrato privado de compraventa de la furgoneta, por el cual transmitía el vehículo a otra sociedad emitiendo para ello una factura mendaz por valor de 3.926 euros, precio que nunca se pagó a la primera empresa, que era la verdadera propietaria del vehículo. Mientras, la entidad beneficiada había sido constituida unos días antes por el sospechoso, quien tenía la mitad de las participaciones, junto con una tercera persona.
Semanas después, en mayo de 2019, el acusado repitió el mismo modus operandi. Sin que la administradora supiera nada y valiéndose de los poderes que previamente le habían sido otorgados, realizó otro contrato privado de compraventa del camión ligero, por el cual transmitía el vehículo a la otra mercantil suya, emitiendo para ello otra factura mendaz por un importe de 1.452 euros que nunca cobró la entidad propietaria. En esas fechas, el empresario tenía plenos poderes de administración y representación en ambas sociedades, según la fiscalía.
La primera empresa, que resultó perjudicada por estas operaciones, fue declarada en concurso voluntario de acreedores el 12 de diciembre de 2019 mediante un auto dictado por un juzgado de lo mercantil de Palma. A consecuencia de estos hechos, la administradora única se vio afectada anímicamente con episodios de depresión y ansiedad y acabó con una baja laboral.
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