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Un trabajador que sufrió un infarto interpone una reclamación al IbSalut porque le dieron el alta en Palma sin saberlo

El PAC alega que no atendió a su cita telefónica con el médico, pero el paciente lo niega y argumenta que allí le dijeron que con la huelga de facultativos “todo estaba colapsado y ralentizado”

El fontanero, con una patología cardíaca, recalca que nadie le llamó y solicita seguir de baja médica, ya que continúa en tratamiento y está impedido para trabajar

El trabajador estuvo ingresado en la UCI del hospital de Son Llàtzer debido a un infarto.

El trabajador estuvo ingresado en la UCI del hospital de Son Llàtzer debido a un infarto. / Manu Mielniezuk

B. Palau

B. Palau

Palma

Un trabajador que el pasado verano sufrió un infarto ha interpuesto una reclamación previa contra el IbSalut porque le dieron el alta en marzo en Palma sin saberlo. El PAC de su barrio alega que no atendió a su cita telefónica el pasado 9 de marzo de 2026, pero él lo niega en rotundo al destacar que ese día no recibió “llamada alguna”.

Es más, el paciente afectado recuerda que, como nadie le llamaba ese día, acudió presencialmente al PAC de Son Gotleu para interesarse por su consulta telefónica, que en teoría iba a confirmar su situación de baja por incapacidad temporal. En la recepción del centro médico le informaron de que “ante la situación de huelga todo el servicio estaba colapsado y ralentizado”, por lo que le indicaron que el médico de familia le podría llamar hasta las tres de la tarde y que no se preocupara por nada, según su versión.

El empleado, que padece una patología cardíaca, estuvo esperando la llamada de su facultativo durante toda la jornada, pero “lo cierto y verdad es que no se me llamó”, según insiste. El fontanero afectado incluso señala en su reclamación que se podrá demostrar en sede judicial que lo que dice es cierto cuando se proponga y practique una prueba consistente en el registro de llamadas de su teléfono y del PAC de su barrio.

Transcurridos más de quince días, el 25 de marzo de 2026 se enteró por su empresa de que el Servicio de Salud de Baleares, el IbSalut, le había dado de alta con efectos del 10 de marzo de 2026. Ese mismo día impugnó el alta, sin que le hayan respondido, por lo que decidió finalmente interponer una reclamación administrativa contra el organismo autonómico y también contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El afectado solicita que se le reconozca que debe seguir de baja médica, ya que continúa en tratamiento y está impedido para trabajar.

“Prueba también de que no estoy para trabajar es que mi empresario, temeroso de que pueda dañarme en el trabajo, me ha concedido vacaciones para evitar la prestación de servicios por mi parte”, subraya el paciente.

Desde agosto de 2025

El fontanero afectado se encuentra de baja desde el pasado 14 de agosto de 2025, cuando sufrió un infarto. El trabajador considera que se trata de un accidente laboral, ya que se produjo en el tiempo y el lugar de trabajo y, según sostiene, se debió a las malas condiciones en las que prestaba servicios: con una sobrecarga de trabajo, con jornadas que en ocasiones excedían las 40 horas semanales, sometimiento a continuo estrés, y ejercer otras funciones como conductor o mozo de carga.

El paciente recuerda que el pasado 14 de agosto, cuando estaba en el centro de trabajo durante su jornada laboral, sobre las ocho y media de la mañana se sintió indispuesto. Ante la agudeza de la sintomatología que presentaba, su empresa decidió que fuera trasladado a un hospital. Así, un compañero de trabajo lo llevó en una furgoneta de la empresa hasta el hospital de Son Llàtzer. Mientras permanecía en espera a ser atendido, padeció un infarto coronario, por lo que fue ingresado en la UCI para ser intervenido con urgencia, según su versión.

El hombre actualmente sigue en tratamiento farmacológico y facultativo y ha tenido que acudir al servicio de urgencias por agudeza en sintomatología asociada a su patología cardíaca. Por este motivo, considera que debería seguir en situación de incapacidad temporal.

El problema surgió cuando su médico de familia le dio cita telefónica para el 9 de marzo para hacerle un seguimiento a distancia y continuar con su baja. El PAC sostiene que no atendió al teléfono, extremo que niega el paciente. Al día siguiente, ya estaba dado de alta, sin que él lo supiera.

El afectado, representado por el abogado Pablo Alonso de Caso, mantiene que el alta médica es contraria a derecho, ya que en su caso se cumplen los dos requisitos básicos para la situación de incapacidad temporal: necesitar recibir asistencia sanitaria de la Seguridad Social y estar impedido para el trabajo. Por ello, pide que se le reconozca que el pasado 10 de marzo debía seguir de baja con todos los derechos y consecuencias jurídicas inherentes a dicha declaración.

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