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Condenado por causar destrozos en una casa por valor de 220.000 euros tras recibir una orden de desahucio

El acusado, un jubilado de Marratxí, tuvo que abandonar la vivienda por impagos y antes de irse provocó daños en el interior y en el exterior

La vivienda destrozada está ubicada en la localidad de Marratxí

La vivienda destrozada está ubicada en la localidad de Marratxí / s

Un vecino de Marratxí, jubilado, que vivía de inquiokupa en una casa en la que le habían desahuciado, ha evitado su ingreso en prisión pese a que antes de marcharse de la vivienda empezó a destrozar todo lo que encontró por delante, provocando unos daños que se han valorado en más de 220 mil euros. El coste de la reparación de estos destrozos los ha tenido que asumir la nueva propietaria del inmueble, que lo adquirió en subasta, porque el anterior dueño dejó de pagar. El acusado, que declaró que era vulnerable, ha sido condenado a un año de prisión, que corresponde a la pena mínima por el delito que cometió, pero al no tener antecedentes podrá eludir la cárcel. También se le impone una multa económica y se le obliga a pagar el coste de los daños que ocasionó en la casa, pero difícilmente podrá hacerlo porque carece de medios económicos para solventar esta deuda.

Los hechos ocurrieron hace tres años en la urbanización de Son Macià, en la localidad de Marratxí.

En esta casa vivía el acusado con su mujer, que se encontraba muy enferma y de hecho meses después falleció. La vivienda, por la acumulación de impagos, fue embargada y salió a subasta en el mes de octubre del año 2020. La casa fue adquirida por una mujer. Sin embargo, en los dos años siguientes el matrimonio continuó viviendo como okupa en la casa, sin abonar un solo gasto por permanecer en ella. La nueva propietaria instó el desahucio por falta de pago. El juzgado fijó la salida obligatoria de los moradores en el mes de septiembre del año 2022, dos años después de la subasta.

La sentencia detalla que pocas semanas antes de la fecha del lanzamiento, el acusado, bien directamente él o con la ayuda de otra persona, se dedicó a destrozar toda la vivienda. Empezó con el exterior de la propiedad, donde acumuló escombros y ocasionó desperfectos en la entrada. Después se dedicó a destrozar la piscina y la barbacoa. A continuación arrancó las persianas de las ventanas y golpeó la puerta del garaje. En esta misma zona acumuló más escombros y arrancó el motor que abría la puerta. También destrozó el calentador de agua y la depuradora, así como los conductos del techo.

En el interior hizo lo mismo. Causó desperfectos en los escalones de mármol. También roció con spray de color azul y con sangre las paredes y las cortinas decorativas. Al mismo tiempo, golpeó las molduras del techo y rompió todos los muebles de los distintos cuartos de baño, arrancando los grifos. Seguidamente arrancó las puertas de los armarios y rompió los focos de luz. También inutilizó la encimera de la cocina, durante fue acumulando comida en estado de descomposición. Asimismo, en el interior destrozó la chimenea de obra y rompió todos los cristales de las ventanas.

El hombre y su esposa se marcharon de la casa pocos días antes de la fecha del lanzamiento. La propietaria recibió las llaves de la puerta y cuando entró en la vivienda se encontró con la desagradable sorpresa de que todo estaba destrozado y la casa era inhabitable.

La propietaria contrató a un perito para que realizara una valoración económica de los daños que habían sido provocados de una manera intencionada. El valor de los destrozos alcanzó la cifra de 220.000 euros.

La propiedad decidió presentar una denuncia por daños contra el anterior morador, al que consideraba responsable de los daños. El hombre cuando se sentó en el banquillo de los acusados dijo que él no había sido el autor de los destrozos. Sin embargo, la juez no le creyó y aunque no había una prueba directa, se llegó a la conclusión de su autoría. La primera sentencia fijó una condena únicamente de una multa de 10.000 euros, pese a la gravedad de los daños ocasionados antes de irse. El tribunal ha tenido en cuenta el recurso que planteó la dueña actual, que se quejó de que la condena había sido muy leve, puesto que ni siquiera se contemplaba la pena de cárcel. Los jueces consideran que por la gravedad de los daños la pena debe ser de prisión, aunque no llegue a entrar.

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