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La jubilación forzosa por incapacidad de un bombero de Mallorca llega al Tribunal Europeo

El Supremo quiere saber si la normativa europea debe aplicarse a un funcionario público de carrera en los mismos término que al resto de trabajadores

Un camión de los Bombers de Mallorca.

Un camión de los Bombers de Mallorca. / Bombers de Mallorca

EFE

El Tribunal Supremo ha planteado al TJUE, a partir del caso de un bombero de Mallorca, si la normativa europea sobre incapacidad permanente debe aplicarse a funcionarios públicos como al resto de trabajadores, cuestionando si la jubilación automática por discapacidad contradice el Estatuto Básico del Empleado Público.

En un auto fechado el pasado 27 de enero, la sala de lo contencioso aborda el caso de un bombero-conductor de Mallorca que obtuvo la incapacidad permanente por enfermedad, y tras analizar su caso ha acordado plantear al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una serie de cuestiones prejudiciales.

El Supremo quiere saber si la normativa europea debe aplicarse a un funcionario público de carrera en los mismos término que al resto de trabajadores, o si se contradice con el Estatuto Básico del Empleado Público.

Dicho Estatuto establece que la declaración de jubilación por causa de una situación de incapacidad permanente total para la profesión habitual pueda ser adoptada de manera automática, una vez declarada la incapacidad permanente, sin seguir un procedimiento específico.

Si a los funcionarios se les debe aplicar la misma normativa europea que al resto de trabajadores, el Supremo quiere saber si la Administración, una vez acordada la incapacidad permanente, debe permitir a dicho funcionario que conserve su empleo, o demostrar, en su caso, que tales ajustes constituirían una carga excesiva.

El pasado año, España aprobó una ley que eliminaba como causa automática de extinción de contrato el reconocimiento de la incapacidad permanente, para garantizar el derecho a la igualdad en el empleo de las personas con discapacidad.

De este modo, el trabajador decidirá voluntariamente si desea la extinción del contrato o prefiere que la empresa le adapte el puesto para continuar trabajando o le busque uno nuevo, siempre que esto no suponga un coste excesivo.

Pero dicho cambio no incluyó a los funcionarios, razón por la cual el Supremo se ha dirigido al TJUE para que aclare este punto.

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