Condenan a Vueling por cobrar el equipaje de mano de un vuelo Sevilla-Palma
La sentencia señala que, pese a la libertad tarifaria existente en los servicios aéreos, el equipaje de mano no puede considerarse un servicio adicional

La sentencia señala que el equipaje de mano no puede considerarse un servicio adicional / Agencia Atlas
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma ha condenado a Vueling a devolver 50 euros a un socio de Facua-Consumidores en Acción que pagó para subir su equipaje de mano a la cabina en un vuelo Sevilla-Mallorca, además de los intereses legales desde la fecha de la primera reclamación extrajudicial.
La sentencia señala que, pese a la libertad tarifaria existente en los servicios aéreos, el equipaje de mano no puede considerarse un servicio adicional u opcional cuando cumple con las especificaciones establecidas por la propia aerolínea y por la legislación vigente, por lo que el suplemento cobrado constituye "una práctica abusiva y contraria a los derechos del consumidor".
Con este fallo, ya son once las sentencias favorables obtenidas por Facua contra aerolíneas por el recargo ilegal del equipaje de cabina: seis frente a Vueling y cinco contra Ryanair.
Reclamación
El caso se remonta a abril de 2025, cuando Francisco e Isabel, residentes en Baleares, viajaron de Mallorca a Sevilla con una maleta que cumplía las dimensiones permitidas para el equipaje de cabina. En el vuelo de ida pudieron embarcar sin problemas, pero en el trayecto de regreso el personal de la aerolínea les exigió el pago de un suplemento de 50 euros para permitirles subir la maleta al avión, bajo la amenaza de no dejarlos embarcar.
Los afectados pagaron y seguidamente reclamaron la devolución a Vueling con el apoyo de Facua, que argumentó que el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea obliga al transportista a transportar el equipaje junto al viajero dentro del precio del billete, salvo razones de seguridad que no concurrían en este caso. Ante la negativa de la compañía, los pasajeros acudieron a la vía judicial.
Condena
El juzgado ha estimado íntegramente la demanda y ha condenado a Vueling a devolver los 50 euros, los intereses legales y las costas del procedimiento.
Facua ha recordado que desde 2024 mantiene activa una plataforma de afectados por los fraudes de las aerolíneas y que en noviembre de ese año el ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, firmó sanciones por valor de 179 millones de euros contra varias compañías aéreas, entre ellas Vueling y Ryanair, multas que han sido recurridas ante los tribunales.
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