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Posponen el juicio en Palma contra una mujer por falsificar la firma de su exmarido para que le implantaran unos embriones congelados

El hombre alegó que la sospechosa se quedó embarazada sin su consentimiento y luego se vio obligado a pagar la pensión de alimentos tras el nacimiento del bebé

Técnica de fecundación in vitro.

Técnica de fecundación in vitro. / D.M.

B. Palau

B. Palau

Palma

La Audiencia de Palma ha pospuesto el juicio contra una mujer de unos 50 años por presuntamente falsificar la firma de su exmarido en 2022 para que le implantaran sin su consentimiento unos embriones congelados en una clínica de Barcelona.

El perjudicado alegó que nunca había autorizado una fecundación in vitro y, una vez nació el bebé, se negó a reconocer la paternidad. Un juzgado de la ciudad en el marco del proceso de divorcio le obligó a pagar una pensión de 500 euros mensuales de manutención.

Ahora, su exmujer está acusada de un delito de estafa procesal y otro continuado de falsedad en documento privado por supuestamente engañarle con este proceso y falsear su firma para quedarse embarazada. La fiscalía solicita por estos hechos para ella una pena de dos años y medio de cárcel y una multa de nueve meses a razón de doce euros diarios.

En concepto de responsabilidad civil, el ministerio público reclama una indemnización en favor del hombre por el importe de la pensión alimenticia abonada, así como los gastos extraordinarios a los que haya tenido que hacer frente por la menor.

Además, pide que se acuerde la nulidad de la firma en los documentos presuntamente manipulados y que se declare que el perjudicado no es el progenitor de la niña, ya que no dio su consentimiento. Por tanto, habría que modificar los datos en el registro civil y acordar también el cese de las medidas civiles que se establecieron en la sentencia por el procedimiento de divorcio contencioso de la pareja. Así, no procedería la titularidad de la patria potestad respecto a la menor ni tampoco el pago de la pensión de alimentos y de otros gastos extraordinarios.

El tribunal de la Sección Segunda tenía previsto ayer celebrar una vista previa contra la encausada. La mujer compareció ante la Sala, si bien las partes personadas, tanto la defensa, como la acusación particular y el fiscal, no alcanzaron ningún acuerdo. Por ello, el juicio se aplazó. De momento, no se ha señalado la fecha en la que deberá celebrarse la vista oral.

Según la versión del ministerio público, la sospechosa contrajo matrimonio con el hombre en octubre de 2015. Seis años más tarde, en diciembre de 2021, la relación sentimental finalizó y ambos dejaron de convivir, si bien mantuvieron contacto con posterioridad.

Meses después, entre el 31 de marzo de 2022 y el 7 de abril de 2022, la acusada presuntamente firmó en Barcelona como si fuera su exmarido el documento de consentimiento informado de descongelación y transferencia de embriones y el consentimiento y anexo en nombre de su anterior esposo para el tratamiento de reproducción asistida durante la pandemia.

Toda esta documentación tenía por objeto que la mujer se sometiera a un tratamiento de reproducción asistida, de pago privado, y fue entregada a una clínica de Barcelona para que se llevara a cabo. Su exmarido no dio su consentimiento, ya que realmente no firmó los documentos, según subraya el fiscal.

Embarazada

Así, en abril de 2022 la encausada finalmente se sometió a un tratamiento de fecundación in vitro en una clínica de Barcelona. Quedó embarazada y, nueve meses más tarde, en enero de 2023 dio a luz a una niña. El nacimiento fue inscrito a petición de la madre en el registro civil de Palma y constan como progenitores del bebé la pareja, dado que todavía seguían casados, según la acusación pública.

En octubre de 2022, el hombre formuló demanda de divorcio y alegó entonces que su exmujer se encontraba embarazada por fecundación in vitro sin su consentimiento y que no reconocía la paternidad.

Su antigua compañera sentimental, a través de su representación procesal, negó este extremo y aportó los documentos de consentimiento informado de descongelación y transferencia de embriones a sabiendas de que no habían sido firmados por él, sino que había sido ella quien se había hecho pasar por su exmarido al firmar la documentación y con el objeto de que se establecieran unas medidas civiles en cuanto a la menor nacida.

Un juzgado de Palma dictó sentencia en el procedimiento de divorcio contencioso y concedió la guarda y custodia del bebé a la madre, acordó compartir la titularidad de la patria potestad y obligó al hombre a pagar 500 euros mensuales en concepto de pensión de alimentos a favor de la menor así como la mitad de los gastos extraordinarios.

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