La Justicia avala negar la ayuda al alquiler a los inquilinos de habitaciones compartidas en Baleares
Una pensionista solicitó una subvención para poder sobrevivir, pero el Govern se la desestimó porque no había alquilado todo el piso
La afectada recurrió a los tribunales, que han dado la razón al Ejecutivo en el cumplimiento de los requisitos

Un cartel anunciando un piso en alquiler / EP
El acceso a la vivienda se ha convertido en uno de los principales problemas sociales, sino el que más, que se padece en Balears debido al alto precio, tanto en la compra, como en el alquiler. Al no poder hacer frente a las cantidades que se solicitan para poder acceder a un piso son muchas las personas que se ven obligadas a recurrir al alquiler de una habitación, ya que no pueden pagar nada más. La administración balear, consciente del problema que sufren miles de personas para acceder a una casa en alquiler, está desarrollando una política de ayudas económicas para paliar este grave problema social. Pero para acceder a estas ayudas se exigen una serie de requisitos y no se contemplan todas las categorías de alquiler, aunque se trate de una práctica habitual.
Una jueza ha rechazado a una mujer que vive en Eivissa que pueda acceder a una ayuda a la vivienda, porque ella no ha tenido la posibilidad, por falta de ingresos, de disponer de un piso para ella sola, sino que se ve obligada a recurrir al alquiler de una sola habitación. Es decir, solo puede permitirse un pequeño espacio en un piso, que tiene que compartir con otras personas que también sufren los mismos problemas que ella, sobre todo en Eivissa, donde el alquiler de una vivienda es prácticamente inasumible para la mayor parte de la población.
Esta mujer es una persona con escasos recursos económicos. Es pensionista y recibe lo que se denomina una pensión contributiva. Es decir, a pesar de que no ha cotizado lo mínimo para disponer de una pensión, la administración le otorga una paga para poder subsistir, aunque sea muy reducida. De hecho, esta pensión solo alcanza los 525 euros y de esta cantidad dedica 320 euros a pagar un alquiler para disponer de una habitación. Por lo tanto, solo le quedan 205 euros para poder subsistir.
La pensionista solicitó al Govern poder beneficiarse de una ayuda para el alquiler, pero la administración autonómica se la denegó. La razón es que la normativa que regulaba la entrega de estas ayudas, en el caso de los pensionistas, no contemplaba una ayuda para el alquiler de una habitación. Solo se aprueba la subvención si el pensionista alquila la casa en su totalidad. El rechazo al pago de esta subvención específica ha sido ratificado por una juez, en cuya sentencia especifica con claridad los requisitos que contempla la ley para aprobar estas ayudas económicas. El más importante de todos es que el pensionista que reclamaba este dinero debe tener a su nombre el contrato de alquiler de la totalidad de la vivienda, no solo de una habitación para poder vivir. También se exige que esta casa sea el domicilio habitual y, además, en una vivienda donde conviven dos personas que cobran una pensión contributiva, solo tendrá derecho a cobrar esta ayuda uno de ellos.
Tampoco se permite que el dueño de la vivienda sea un familiar o tu propia pareja. Así, la magistrada especifica en su sentencia que la normativa «impone el alquiler de toda vivienda a una misma persona para su casa permanente y no tendrá la consideración de vivienda alquilada los contratos de una casa compartida o la cesión de habitaciones». Aplicando estas exigencias que impone la normativa, a la magistrada no le ha quedado más remedio que respaldar la decisión de la administración autonómica, que rechaza esta ayuda extra a la pensionista, a pesar de la grave situación económica que padece y el problema que supone para una persona con pocos recursos poder vivir bajo un techo en la ciudad de Eivissa. Esta situación obliga a esta mujer a subsistir con apenas 200 euros al mes, ya que el resto de la pensión que cobra la dedica al alquiler.
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