La Justicia europea estudia si eleva la indemnización por despido para los fijos discontinuos
Una jueza de Madrid pide al TJUE que aclare si resulta discriminatorio que el cálculo solo tenga en cuenta los días trabajados y no los años de antigüedad
UGT cifra en unos 250.000 los asalariados de Baleares que pueden verse beneficiados si el tema se resuelve a su favor

UGT destaca el elevado peso de los fijos discontinuos en la industria turística de las islas / G. Bosch

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) va a tener que pronunciarse sobre la posibilidad de que los trabajadores fijos discontinuos puedan ver incrementada la indemnización que perciben en caso de despido improcedente, después de que una jueza de Madrid haya formulado la correspondiente consulta ante el temor de que el sistema que actualmente se aplica en España resulte discriminatorio. Esta cuestión tiene una extraordinaria relevancia para Baleares, según pone de relieve el secretario general de UGT-Servicios en las islas, José García Relucio, al estimar que en las islas este colectivo agrupa a unas 250.000 personas y tiene un peso extraordinario entre las empresas del ámbito turístico.
La puerta para que se analice esta cuestión ha sido abierta por la jueza de lo social de Madrid Gloria del Pilar Rodríguez, que ha remitido una cuestión prejudicial al TJUE respecto a la citada discriminación a la hora de calcular la citada indemnización por despido para los fijos discontinuos.
En la actualidad, el cálculo de esa compensación económica se hace teniendo en cuenta los días trabajados por el empleado (hay que tener en cuenta que es un tipo de contrato que conlleva periodos de inactividad), y no los años de antigüedad que este suma en la empresa, como sucede con los trabajadores fijos. En concreto, el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores determina que "cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades".
Vinculación con la empresa
El aspecto que determina la consulta de la jueza y que es plenamente respaldado por la citada federación de UGT en las islas es que aunque haya periodos de inactividad del fijo discontinuo (que en el caso del archipiélago suelen coincidir con los meses invernales y de inactividad de buena parte de la planta hotelera), este empleado sigue vinculado a la empresa y debe de acudir a su puesto en el momento que esta determine con el correspondiente llamamiento.

José García Relucio, secretatio general de UGT-Servicios en Baleares / B. Ramón
Este aspecto se señala como clave, al considerar que el asalariado no dispone de completa libertad ya que negarse a acudir a su puesto cuando se le reclama tiene consecuencias.
Además, el sindicato recuerda que en otros aspectos sí se han adoptado medidas para evitar que los fijos discontinuos se vean muy perjudicados en relación con los fijos, como es en el cálculo de las pensiones de jubilación, al multiplicar por 1,5 el tiempo efectivamente trabajado.
Discriminación a la mujer
Pero a ello se añade otro factor que se señala como una posible discriminación, y es que la contratación de carácter fijo discontinuo está muy feminizada en España. Desde UGT se apunta que en Baleares el desequilibrio no es tan notable pero que también existe, al agrupar a alrededor de seis mujeres por cada cuatro hombres. El hecho de que el sistema que actualmente se aplica tenga un mayor perjuicio sobre las trabajadoras hace que se apunte la posibilidad de que se pueda estar vulnerando el principio de igualdad en las relaciones laborales entre mujeres y hombres.
Por ello, lo que la jueza solicita es que el TJUE determine si la legislación española puede estar vulnerando el Derecho de la Unión Europea.
José García Relucio admite que los precedentes no son positivos, dado que hay sentencias del Tribunal Supremo y del propio TJUE que han respaldado que la indemnización por despido improcedente se calcule teniendo en cuenta solo los días trabajados, pero pone de relieve que desde la UE se han aplicado cambios de criterio en diferentes temas laborales, lo que abre la puerta a la esperanza para que se opte por respaldar los intereses de los fijos discontinuos.
Suscríbete para seguir leyendo
- Las solicitudes de ingreso en las Fuerzas Armadas se duplican en dos años
- El malestar docente se democratiza: la Educación Primaria registra un importante repunte de ansiedad y conflictos
- Intervienen más de 2.000 botellas de agua en el aeropuerto de Palma que simulaban estar envasadas en Mallorca
- De 700 a 1.700 euros: primeras subidas de alquiler por renovación de contratos en Mallorca en 2026
- Gregorio encuentra al hombre que le salvó la vida hace 35 años en Mallorca, Francisco Martín: “Rescaté a los niños como si fuesen mis hijos”
- Por algo dijo Julio Iglesias en Mallorca que «estoy más allá del bien y del mal»
- Imputan a la mano derecha de Prohens por enchufar a su primo como chófer de la presidenta
- Baleares pone en marcha el 'cheque canguro': ayudas de hasta 4.000 euros para la contratación de empleadas del hogar