El Supremo endurece la pena a un joven que coaccionó a una menor en Palma para obtener vídeos sexuales

El Supremo endurece la pena a un joven que coaccionó a una menor para obtener vídeos sexuales
El Tribunal Supremo ha endurecido el castigo a un joven que con 18 años coaccionó a una menor, cuando esta tenía 14 años, para que le enviara vídeos desnuda o mostrando sus órganos sexuales, llegando a amenazarla con matarla o con hacer daño a su familia.
P.X.G.F. también envió fotos sexuales a su víctima, intentó besarla a la fuerza y golpeó a la menor cuando ella se negó a tener sexo con él y por ello fue condenado por la Audiencia Provincial de Palma a dos años y seis meses de prisión como autor de un delito de agresión sexual y a 15 días de multa por un delito leve de lesiones, por unos hechos probados que se remontan a 2016 y 2017.
Sin embargo, la Audiencia Provincial absolvió al joven de un delito continuado de exhibicionismo y del delito de captación a menor de dieciséis años para que facilite material pornográfico, dos ilícitos por los que sí le condena ahora el Tribunal Supremo a penas de cuatro meses y medio y dos años y medio de prisión, respectivamente, aplicando la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.
El Supremo estima el recurso de casación presentado por la Fiscalía y sostiene que "ni el delito de exhibicionismo ni el de captación para pornografía infantil pueden entenderse absorbidos por el de agresión sexual" y que, por tanto, la Audiencia Provincial "incurrió en 'error iuris'" al dejar sin respuesta penal dichos delitos autónomos.
"La remisión de imágenes obscenas por parte del acusado y la obtención de contenido pornográfico de la menor mediante coacción se desarrollaron de manera autónoma, fueron separadas temporalmente y produjeron una lesión distinta del bien jurídico protegido por el delito de agresión sexual", argumenta el Supremo.
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el condenado, que pone en duda la credibilidad y el testimonio de la víctima así como las pruebas recabadas en el proceso, que sin embargo a juicio de estos magistrados son suficientes.
Para condenar a este agresor por otros dos delitos el alto tribunal se basa en los hechos probados que figuran en la sentencia de la Audiencia Provincial y que señalan que el condenado empezó a hablar con su víctima y compañera de instituto por WhatsApp y cuando esta cumplió 14 años empezó a enviarle fotos de sus genitales y a pedir a la menor imágenes sexuales, coaccionándola con todo tipo de amenazas, incluso mortales.
Las coacciones continuaron cuando ella envió imágenes y el condenado amenazó también a la menor con difundirlas si no seguía haciéndolo, unas imposiciones que iban acompañadas de empujones, zancadillas y miradas agresivas en el instituto, donde también intentó besar a la menor de la fuerza.
Además, persiguió a la adolescente fuera del centro y la golpeó al negarse ella a tener sexo bajo sus amenazas, causándole varias contusiones, según recoge la sentencia condenatoria. Tras lo sucedido, la víctima ha sufrido estrés postraumático y ha requerido de un largo tratamiento psicológico.
Durante el proceso judicial, el agresor fue condenado en un juicio rápido por quebrantar la medida cautelar de prohibición de comunicación de aproximación a la víctima impuesta por el juzgado de instrucción.
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