Las ayudas al alquiler 2025 del Govern pueden presentarse hasta el 15 de diciembre
El plazo para solicitarlas ya está abierto y puede hacerse a través de la web del GOIB o de manera presencial

Un cartel que anuncia que se alquila una vivienda. / Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo
EFE
El Govern ha abierto este viernes el plazo de solicitudes para las ayudas al alquiler correspondientes al año 2025. Las solicitudes podrán presentarse hasta el próximo 15 de diciembre, según ha informado la Conselleria de Vivienda.
Toda la información sobre la nueva convocatoria está disponible en la web ajudeslloguer.caib.es, donde los interesados pueden tramitar la solicitud de forma telemática. Además, aquellas personas que necesiten asistencia podrán solicitar cita presencial para recibir apoyo durante el proceso.
Hasta el 50% del alquiler mensual
Estas ayudas, reguladas por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, cubren hasta el 50 % del alquiler mensual para rentas de hasta 900 euros, con un límite máximo de 3.000 euros por vivienda al año. La dotación total de esta convocatoria asciende a 9,3 millones de euros.
Para poder acceder a las ayudas, los ingresos anuales de la unidad de convivencia no podrán superar los 25.200 euros, equivalentes a tres veces el Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Este límite se amplía hasta 33.600 euros para familias numerosas de categoría general, personas con discapacidad o víctimas de terrorismo, y hasta 42.000 euros para familias numerosas de categoría especial, personas con discapacidad igual o superior al 33 % o víctimas de violencia de género.
Estos son los requisitos para solicitar la ayuda
Entre los requisitos para optar a las ayudas figuran: ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda, que la vivienda alquilada constituya la residencia habitual y permanente del solicitante, tener nacionalidad española o residencia legal en España, cumplir con los límites máximos de ingresos establecidos, que el alquiler mensual sea igual o inferior a 900 euros y estar al corriente del pago del alquiler al presentar la solicitud.
La ayuda deberá destinarse obligatoriamente al pago del alquiler y no podrá compatibilizarse con otras subvenciones similares del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, ni con ayudas de la comunidad autónoma, entidades locales u otras administraciones. No obstante, se contemplan excepciones para víctimas de violencia de género, de trata o de violencia sexual, personas desahuciadas de su vivienda habitual, sin hogar o en situación de especial vulnerabilidad, así como para perceptores del ingreso mínimo vital o prestaciones no contributivas de la Seguridad Social.
El Govern ha solicitado en reiteradas ocasiones al Ministerio que se eleve el límite máximo de renta subvencionable para adaptarlo a los precios del mercado balear y ampliar así el número de beneficiarios potenciales.
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